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Carlos Fernández cumple hoy un mes de detención y su futuro es aún una incógnita. El exedil de Marbella fue arrestado por la Policía Federal Argentina en la madrugada del viernes 15 de septiembre y enviado a la prisión provincial de San Juan, en ... el oeste de ese país, donde se encuentra ingresado desde entonces.
Pese a que el juez federal argentino que entiende en la causa, Leopoldo Rago Gallo, cuenta con un plazo de 30 días para decidir sobre su extradición a España, ese plazo todavía no ha comenzado a contar. Lo hará en el momento en el que las autoridades argentinas reciban de las españolas la solicitud de extradición, situación que todavía no se ha producido.
En el calendario de la causa, sin embargo, hay marcada una fecha más cercana. El próximo 25 de octubre el juez Rago Gallo, titular del Juzgado Federal número 2 de San Juan, deberá decidir si mantiene al exedil en prisión o si le concede el beneficio de la libertad a la espera de que España remita, si lo hace, la solicitud de extradición. Fuentes argentinas consultadas por este periódico consideran improbable que si en esa fecha las autoridades del país austral no han recibido todavía la solicitud de extradición el exconcejal sea mantenido en prisión.
La excarcelación del exedil ya fue solicitada por su defensa cuando Fernández fue detenido con los argumentos de su arraigo en la ciudad de San Juan y la inexistencia de riesgo de fuga, pero el juez decidió seguir el criterio del fiscal, que pidió que fuese enviado a prisión. El día 25 se verá si el juez Rago Gallo mantiene el mismo criterio.
Esa fecha puede marcar un límite sobre la eventual estancia en una prisión argentina de Carlos Fernández, pero no para que España solicite su extradición. El tratado de Asistencia Judicial entre ambos países, vigente desde su firma en marzo de 1987, no plantea restricciones en ese sentido.
Argentina no concedería la extradición, según lo establecido en ese acuerdo, en el caso de que se considerara que los delitos por los que se solicita la repatriación del prófugo estuvieran prescritos en alguno de los dos países.
Pese a que ya ha habido tres pronunciamientos judiciales en el sentido de solicitar la extradición de Carlos Fernández, el asunto no ha sido abordado todavía por el Consejo de Ministros. Tanto la Sección Tercera de la Sala Penal de la Audiencia Nacional –por el conocido como ‘caso Saqueo 2’– como el Juzgado de Instrucción número 5 de Marbella –por el ‘caso Malaya’ y por un caso urbanístico- han emitido sendos autos en los que informan de que la responsabilidad penal de Fernández por esas causas no se ha extinguido y por lo tanto corresponde solicitar la extradición a las autoridades argentinas. Resta por conocer la postura que adoptarán otros dos juzgados, los de Instrucción 1 y 3 de Marbella, en relación a otras cuatro causas en las que Fernández fue imputado.
Ahora tiene que ser el Ministerio de Justicia el que, una vez recibida la notificación de esas resoluciones judiciales, lleve el asunto al Consejo de Ministros para que apruebe el expediente y se lo remita a las autoridades del país austral.
Este trámite aún no se ha cumplimentado. Fuentes de Justicia han explicado a SUR que todavía no consta que en el Ministerio se haya recibido notificación de las resoluciones judiciales, y que una vez que eso se produzca el asunto debe ser estudiado antes de procederse a la solicitud de extradición. El Ministerio no tiene por qué esperar a que todos los juzgados que están pendientes de pronunciarse lo hagan, ya que el Gobierno español tramitará una solicitud por cada una de las causas en la que los juzgados consideran que la responsabilidad penal del exconcejal no se ha extinguido.
Una vez que Argentina reciba la documentación remitida por el Gobierno español, el juez federal de San Juan dispondrá de un plazo de 30 días para tomar una decisión.
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