La sentencia de los ERE considera probados que los condenados idearon y utilizaron un sistema ilegal para agilizar la concesión de ayudas. Un mecanismo que impidió a parados y empresas que tenían derecho a ellas acceder a estas subvenciones, según se recoge en los fundamentos de derecho de la resolución firmada por los integrantes del tribunal que han juzgado el caso, Pilar Lorente, Juan Antonio Calle (ponente de la sentencia) y Encarnación Gómez.
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Así, en los folios 1.736 y 1.737 de la sentencia se recoge que el daño o el entorpecimiento producido al servicio público se aprecia en el caso enjuiciado «no sólo por el elevado valor de las cantidades sustraídas, sino también porque la arbitrariedad en la concesión de las ayudas hizo que se vieran privados de su derecho a acceder a estas ayudas, un importante número de trabajadores afectados por el desempleo o situaciones de crisis empresarial».
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Asimismo, añade la resolución, este sistema ilegal de ayudas hizo que se vieran privados de su derecho a acceder a las ayudas «un importante número de empresas en situación de crisis económica».
El tribunal argumenta que esta práctica llevó a que fueran necesarios nuevos fondos a los inicialmente presupuestados, que se tuvieron que incrementar mediante modificaciones presupuestarias, bien mediante créditos o dando de baja a otras partidas incluidas en los programas de la Consejería de Empleo. «Por lo que esos fondos dejaron de aplicarse a otros conceptos, programas o partidas presupuestarias», añaden los jueces.
En la sentencia también se recoge que con cargos a los fondos del programa 31-L (conocido periodísticamente como fondo de reptiles), que es el elemento central de la trama, se hicieron pagos «completamente ajenos al interés público». Entre estos, la resolución enumera el pago de nóminas, deudas sin especificar, minutas por asesoramiento jurídico en materia laboral, mejoras salariales derivadas de convenios colectivos préstamos para pago de nóminas de los que no consta su devolución.
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La sentencia sostiene «la gravedad de los incumplimientos» y evidencian que la Consejería de Empleo disponía de los fondos públicos del programa 31-L «sin sujeción a procedimiento alguno, sin control de la Intervención, sin exigir la más mínima acreditación de una situación que legitime la percepción de la supuesta ayuda sin necesidad de justificar el empleo o uso del dinero que se recibe, y sin necesidad, siquiera, de acreditar fehacientemente quien recibe el dinero». «En definitiva, permitía el enriquecimiento de empresas, a través del ahorro de gastos, y de terceros, ajeno a cualquier interés social o público debidamente acreditado», apostillan los magistrados en la sentencia hecha pública este pasado martes.
Sentencia de los ere
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