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Cunde la confusión y la alarma entre miles de propietarios de viviendas turísticas ante la entrada en vigor ayer, día 3, de la obligación de ... contar con una autorización expresa de la comunidad de vecinos, con los votos favorables de las tres quintas partes, para poder desarrollar la actividad de alquiler vacacional tras la modificación de la Ley de la Propiedad Horizontal y como paso fundamental para poder cumplir con el nuevo decreto del Gobierno de inscribir el inmueble en cuestión en el Registro Único Digital antes del día 1 de julio. Una norma que comienza a aplicarse con tantas incertidumbres como que ni siquiera hay consenso entre los registradores de la propiedad, los propietarios de los inmuebles y las administraciones sobre si este visto bueno de los vecinos es sólo para las viviendas de nueva creación o para todas las existentes. Una cuestión que debe quedar nítidamente clara porque es un trámite imprescindible para poder comercializar a partir de julio la vivienda turística en las plataformas 'on line'.
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La poca claridad en torno al decreto y la necesidad de salvaguardar sus intereses provocó el pasado miércoles, día 2, una avalancha de inscripciones que desencadenó el colapso de la sede electrónica del Colegio de Registradores de la Propiedad, una situación que se mantuvo en la mañana del jueves. Miles de propietarios se afanaron hasta el filo de la medianoche en lograr el registro de sus viviendas antes de la entrada en vigor de la obligación de tener una declaración personal de que cuenta con el visto bueno de la comunidad de vecinos ante el temor de que el registrador de turno la exija para el conjunto de todos los inmuebles.
La causa de esta urgencia y avalancha de inscripciones viene determinada, según señalan desde la Asociación de Viviendas Turísticas de Andalucía (AVVA-Pro), en el desconcierto generado ante la interpretación de la nueva norma del Gobierno por parte de los registradores de la propiedad, que son los que tienen la potestad para proceder a la inscripción en cuestión en este registro único del que depende que el propietario pueda o no seguir ejerciendo esta actividad a partir del 1 de julio. «Tenemos constancia de que no hay una interpretación unánime y que hay registradores en varias provincias andaluzas que ya han advertido de que esta autorización expresa de los vecinos será obligatoria para todas las viviendas y otros que consideran que la ley deja clara que el permiso de los vecinos es imprescindible sólo para las nuevos inmuebles de alquiler vacacional», explica Juan Cubo, presidente de AVVA-Pro.
En su móvil busca el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 3 de enero sobre la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal. Esta publicación recoge que «aquel propietario de una vivienda que esté ejerciendo la actividad a que se refiere la letra e) del artículo 5 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que se haya acogido previamente a la normativa sectorial turística podrá seguir ejerciendo la actividad con las condiciones y plazos establecidos en la misma». Un artículo que Cubo recalca que es el que determina claramente que las viviendas que ya están operativas están exentas de este permiso expreso de los vecinos, pero parece que no todos lo entienden así. Por parte del Colegio de Registradores este periódico le remitió esta consulta sin recibir respuesta por el momento.
La confusión es tal que estas asociaciones de viviendas ya han trasladado al Ministerio de la Vivienda la necesidad de clarificar la situación cuanto antes. «Estamos ante un problema muy grave. Nos dejan a los pies de los caballos. En manos de las comunidades de vecinos. Es la puntilla para el sector», reiteran propietarios que viven estos días con más que preocupación todo lo relacionado con el nuevo decreto del Gobierno cuyo primer obstáculo acaba de entrar en vigor y hace tambalear su negocio.
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viviendas turísticas de la provincia estaban inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía en febrero y, según AVVA-Pro, sólo un 5% ha conseguido inscribirse por ahora en la Ventanilla Única Digital impulsada por el Gobierno.
La situación se complica en Andalucía porque los propietarios disponen de su número de inscripción en el Registro de Turismo de la Comunidad con una declaración responsable, entendiendo la Administración que en los inmuebles inscritos no existe una prohibición de las comunidades. Esto es lo que hasta ahora era determinante. A partir del pasado jueves, el Gobierno exige que cada vivienda, se entiende que cada nuevo inmueble turístico, cuente con una autorización expresa de los vecinos. El consejero de Turismo de la Junta de Andalucía, Arturo Bernal, advierte de que «se crea el problema para la mayoría de comunidades autónomas que tenemos un procedimiento de inscripción en el registro de turismo a través de una declaración responsable de cómo nos manejamos con los efectos derivados de la entrada en vigor de la Ley de Propiedad Horizontal porque como consecuencia de todo este despropósito, que está relacionado con el decreto de Ventanilla Única Digital, es que las inscripciones que no estén realizadas en este Registro Único no podrán operar comercialmente en plataformas aunque estén inscritas en el registro de la Comunidad».
De hecho desde AVVA-Pro señalan que ni el 5% de las 82.000 viviendas turísticas de la provincia inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía han podido registrarse en la Ventanilla Única Digital en la que hay que estar para poder mantenerse activas el 1 de julio.
En la cuenta atrás para la puesta en marcha del Registro Único de viviendas de alquiler, el 1 de julio, se mantienen más dudas que certezas sobre multitud de casualidades que pueden provocar que numerosos propietarios y empresas de gestión no puedan mantener la actividad. Así, además de concretar si las comunidades de vecinos tienen en su mano al conjunto del sector de alquiler vacacional o sólo a las nuevas viviendas, a estas alturas de la película es complicado obtener una respuesta cierta a preguntas básicas. En esta línea, cunde la preocupación, por ejemplo, sobre qué va a pasar con las viviendas que están operativas pero tienen recursos en marcha con la Junta por la primera instrucción del Ayuntamiento de Málaga, como parte de la garantía jurídica a la que tienen derecho. Tampoco se sabe si un chalé de la capital de la Costa del Sol con entrada independiente y fuera de zonas saturadas, pero formando parte de una comunidad de propietarios se les va a autorizar la inscripción en el Registro Único. Otra cuestión sin respuesta es la de si con este nuevo decreto al vender un inmueble turístico el nuevo propietario mantiene la consideración de alquiler vacacional, algo que choca con la norma de Andalucía en la que sí se pierde esta condición. Pero, además, el decreto del Gobierno está generando grandes controversias entre los propietarios de viviendas turísticas en el ámbito rural a las que si el registrador les exigiera la licencia de primera ocupación como al resto supondrá una gran problema. El 99% de ellas no cuenta con este documento porque son inmuebles antiguos y anteriores a la existencia de esta obligación. Contar con un Asimilado de Fuera de Ordenación (AFO), como alternativa, supondrá hacer frente a un alto coste que a muchos de los propietarios no les será rentable. El presidente de AVVA-Pro, Juan Cubo, avanza que están negociando con el Ministerio una salida porque en estos pueblos estas viviendas son las únicas opciones de alojamiento, de creación de riqueza y empleo que están impulsando el desarrollo económico rural. Mucho que aclarar y poco tiempo para todo lo que hay en juego.
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