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Sede del BBVA en la avenida Andalucía Migue Fernández
El robo del banco de la avenida Andalucía: el seguro sólo cubre 48.000 euros de cada caja desvalijada

El robo del banco de la avenida Andalucía: el seguro sólo cubre 48.000 euros de cada caja desvalijada

Una de las grandes incógnitas del caso es cómo se repartiría el millón recuperado por la policía

Juan Cano

Málaga

Jueves, 13 de marzo 2025, 00:40

El robo del BBVA de la avenida Andalucía deja preguntas a las que la investigación aún no ha encontrado respuesta. ¿Cómo pudieron dos encapuchados acceder al búnker de las cajas de seguridad? ¿Cómo 'hackearon' los dispositivos electrónicos para abrirlas sin llegar a forzarlas? ¿Cuánto dinero y objetos de valor había en ellas? ¿Qué logró llevarse el ladrón huido? La policía guarda silencio.

Para los clientes del banco, las preguntas son otras. La primera, qué pasará con su dinero o las propiedades que tenían dentro de las cajas. Y la segunda, quién se quedará o cómo se repartirán los 945.000 euros recuperados por la policía al perseguir y detener a uno de los encapuchados que se colaron el viernes en el banco y que fueron sorprendidos a las 21 horas, cuando saltó la alarma. El asunto es tan controvertido que los precedentes siempre acabaron en litigios.

Como titular, el seguro básico del banco, de entrada, sólo se hará cargo de indemnizar a cada uno de los 16 clientes afectados con la suma de 48.080,97 euros. Así reza en las condiciones generales del contrato, consultado por este periódico: «El servicio de cajas de alquiler incluye un seguro básico por un capital asegurado de hasta 48.080,97 euros cuyo tomador es BBVA, que garantiza las pérdidas y daños materiales del contenido de la caja, en las condiciones del certificado del seguro que se entrega al cliente».

La traducción literal es que, salvo que el arrendador haya contratado por su cuenta un seguro para el contenido depositado, el banco sólo cubrirá 48.080,97 euros de todo lo que el cliente tuviese dentro. La lógica de esta cláusula reside, como advierte el propio BBVA en su página web, en que el contenido de las cláusulas de seguridad es secreto: «Más seguras que una caja fuerte en casa, las cajas de alquiler se guardan en las cámaras acorazadas en los bancos y todo lo que se deposita en ellas es de carácter confidencial», anuncia la propia entidad.

El Banco de España reconoce que en estas cajas se pueden depositar bienes (salvo productos peligrosos o prohibidos) «sin necesidad de declarar su contenido». Por lo general, se utilizan para guardar dinero en efectivo, joyas, documentos o incluso sellos. En definitiva, objetos de valor sobre los que no se pretenda dar explicación alguna. «Pero eso no significa -advierte el BBVA- que se pueda mentir en el contrato y guardar sin consecuencias bienes no declarados al margen de la ley». Si Hacienda lo solicita, pueden ser precintadas sin que el cliente pueda acceder antes y retirar lo que le interese, aunque la resolución debe estar debidamente justificada y la apertura de la misma tiene que ser autorizada por un juez.

En caso de robo o siniestro, «debido al carácter confidencial de lo guardado en ellas», el Banco de España recuerda que las entidades suelen contratar un seguro que cubre hasta un determinado importe (en el caso del BBVA y el suceso de la avenida de Andalucía, 48.000 euros), pero «no está obligado a reponer lo sustraído».

Pero la justicia no lo tiene tan claro. Las sentencias del Tribunal Supremo en 1994 y 2008 aceptaron que, si bien la responsabilidad inicial era del banco, era suficiente demostrar que había actuado con diligencia para exonerarlo. Sin embargo, una resolución más reciente, del 26 de febrero de 2018, invirtió la carga de la prueba y se puso de parte de los consumidores.

El caso en cuestión data de 2007, cuando una mercantil contrató en Badajoz con Banca Pueyo una caja de seguridad que fue objeto de un robo dos años después. La sociedad reclamó a la entidad la suma que decía haber depositado: 168.876 euros. El asunto acabó en el Supremo, que concluyó que es de aplicación el Código Civil, que da preferencia a la manifestación del cliente frente a la del banco porque sólo él sabe qué ha depositado, y condenó al banco a indemnizar al cliente con la misma suma, 168.876 euros (más intereses), además de declarar nula la cláusula que eximía de responsabilidad al depositario.

A todas luces, el caso del robo del BBVA en la avenida de Andalucía acabará en los juzgados. En primer lugar, para dirimir si las indemnizaciones previstas por el banco son suficientes para atender los bienes depositados por sus clientes en las cajas de seguridad -todos ellos han desfilado por las dependencias de la Comisaría Provincial para declarar lo que sostienen que les han sustraído-; y en segundo lugar, y esta parte será especialmente controvertida, para dilucidar cómo se reparten los 945.000 euros.

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