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Urbania ya es el adjudicatario definitivo de los terrenos de Repsol, donde se ha previsto levantar tres torres de hasta 32 plantas para viviendas de lujo y oficinas, además de otros dos edificios de menor altura para uso empresarial, junto a un gran parque. Pero la compañía malagueña no podrá comenzar de forma inmediata a construir, puesto que antes tendrá que haber una sentencia firme sobre el recurso contencioso-administrativo presentado en junio de 2022 por Bosque Urbano Málaga, la plataforma ciudadana que lleva siete años defendiendo que la totalidad del suelo que hasta hace dos décadas albergaron los depósitos de hidrocarburos se destinen íntegramente a una gran zona verde.
¿Cuánto tiempo sería? De momento, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Málaga aún no se ha pronunciado al respecto después de que en septiembre del año pasado rechazara la suspensión cautelar de la venta de los terrenos solicitada por el colectivo ciudadano. Además, el procedimiento podría alargarse aún más, puesto que cualquier resolución en uno u otro sentido quedaría sujeta a nuevos recursos en instancias superiores. Por tanto, serían varios años de parálisis.
El acta de la última mesa de contratación del concurso para vender los terrenos junto a Juan XXIII, que tuvo lugar el 21 de julio pero que se ha publicado este lunes, da cuenta de un informe jurídico de la Gerencia de Urbanismo, a instancias de la empresa ganadora de la subasta (Urbania) en la que hace referencia al artículo 35 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, que señala, literalmente: «La eficacia de la disposición quedará condicionada al pronunciamiento judicial firme que recaiga en el litigio».
Los juristas municipales admiten además que no existe doctrina ni jurisprudencia que aclare los términos en los que se pronuncia la citada norma. «Habría que entender en este caso que el artículo 35 (del citado reglamento) establece una condición suspensiva en cuanto a la disposición de los bienes litigiosos, al darse la circunstancia de estar ante bienes del Patrimonio Municipal del Suelo y encontrarnos en un procedimiento contencioso en el que se cuestiona no sólo la venta propiamente dicha, sino el planeamiento de aplicación y su ejecución».
Y concluye el acta de Urbanismo: «Ello implica que cualquier acto material de transformación urbanística de las parcelas queda en suspenso con carácter temporal y hasta tanto exista pronunciamiento judicial firme». En definitiva, que no podría ponerse un solo ladrillo mientras el litigio siga abierto. La respuesta de los servicios jurídicos municipales se produce a raíz de las dudas planteadas por Urbania en cuanto al escenario que se dibujaría en el supuesto de que los tribunales anularan la venta de las parcelas, concretamente que pasaría con los importes invertidos en la urbanización de los terrenos y la construcción. Como ya dejó claro durante la licitación, el Consistorio vuelve a advertir de que el adjudicatario asume todos los riesgos, si bien se acepta la reversión de la compraventa del suelo en caso de sentencia judicial que la anule.
«Como se dice en el informe de la mesa de contratación de GMU, cualquier acto material de transformación urbanística de las parcelas (sólo las objeto de licitación, que son las parcelas adscritas al PMS P2 a P6 del SUNC-O-LO. 17 Repsol) queda en suspenso con carácter temporal y hasta tanto exista pronunciamiento judicial firme», aclaran fuentes oficiales de la Gerencia de Urbanismo. «Por tanto, se puede adjudicar la venta y otorgar licencia de las citadas parcelas, pero para el inicio de la construcción tiene que haber un pronunciamiento judicial firme».
«No obstante, la transformación urbanística del sector (proyecto de urbanización) no resulta afectada por el procedimiento judicial que se sigue a instancia de la plataforma Bosque Urbano, el cual está en trámite administrativo para su aprobación definitiva, ni el resto de la tramitación administrativa a efectos de licencia de edificación y construcción, cuando se solicite la pertinente licencia, del resto de parcelas edificables». Estas son la P1 (torre de la Sareb) y las P7 y P8 (destinado para VPO). Dicho de otra forma, el 'banco malo' puede seguir adelante con el proyecto de urbanización de sus terrenos, puesto que las torres «municipales» son las únicas afectadas por el pleito.
En cualquier caso, Urbanismo acepta de forma definitiva la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación que tuvo lugar el pasado 3 de abril, a favor de Urbania (que concurría bajo dos marcas diferentes) para los cinco lotes por un importe total de 54.895.000 euros (66.422.950 euros si se incluye el IVA). Para ello, se abre ahora un plazo para que los licitadores aporten la documentación acreditativa de que cumplen los requisitos para esta adjudicación.
Pero, a renglón seguido, se incluye en el procedimiento el referido informe emitido el pasado 18 de julio por la Asesoría Jurídica de la Gerencia de Urbanismo, y que incluye las citadas cautelas con respecto a la necesidad de que se resuelva el contencioso antes de empezar a construir sobre los terrenos de Repsol.
Este periódico ha intentado, sin éxito de momento, recabar alguna reacción por parte de la empresa afectada. Mientras, fuentes jurídicas expertas destacan que será necesaria una aclaración posterior del acta y de sus consecuencias, pues no quedan suficientemente explicadas en el texto citado. Incluso, plantean que la opción de empezar o no las obras sea potestad de la promotora, aunque estos extremos no han podido ser aclarados.
De confirmarse la paralización del inicio de las obras, será la segunda batalla que ha ganado la plataforma Bosque Urbano hasta el momento, aunque también ha perdido una muy importante. Respecto a las primeras, el movimiento ciudadano que reclama que toda la parcela se destine a una gran zona verde (y no sólo la parte que está establecida ahora por la normativa urbanística) ya logró forzar la retirada de la mayoría de los licitadores en el concurso, a causa del contencioso-administrativo. Y ahora también habría conseguido postergar el inicio de la construcción (aunque no la adjudicación a un privado de parte de la parcela, que hasta ahora era municipal).
En cambio, el colectivo también sufrió un varapalo importante, en la medida en que el juez decidió no aceptar las medidas cautelares sobre la subasta, lo que no sólo dio pie a que el procedimiento siguiera hasta el punto actual, en el que ya está adjudicado; sino que también le supuso el pago de unas costas (el Ayuntamiento pedía 223.500 pero el juzgado lo rebajó a 1.800) y un indicio de lo que puede ocurrir en el juicio, que parece más favorable al Ayuntamiento.
Urbania comprará los terrenos de Repsol, junto a la avenida Juan XXIII, tras hacer una oferta de más de 66,4 millones de euros para quedarse con los cinco lotes para otros tantos edificios: tres torres destinadas principalmente a viviendas (aunque en uno también habrá oficinas); y dos edificios de menor altura para usos empresariales y comerciales. En concreto, la cifra ofertada por la compañía malagueña antes de impuestos es de 54.895.000 euros, a lo que habrá que sumar un IVA de 11.527.950.
La compañía malagueña es la única que decidió seguir adelante en el concurso el pasado mes de febrero, tras la retirada del resto de licitadores en el periodo de información abierto por la Gerencia de Urbanismo tras el auto que desestimó las medidas cautelares reclamadas por la plataforma Bosque Urbano; y tras la declaración del concurso como «litigioso».
La propuesta, denominada 'Málaga Tree' (jugando con el árbol y el número tres, en inglés) conjuga los diseños de tres arquitectos con estudios de fama internacional: Toyo Ito, Bjarke Ingels y César Frías, pero dentro de una misma intervención e imbricadas en el cercano bosque urbano, que será financiado por la entidad ganadora.
En cualquier caso, todo quedará supeditado ahora a lo que ocurra cuando haya una sentencia definitiva sobre el contencioso-administrativo, lo que puede demorar todavía muchos meses el inicio del proyecto de las torres en Repsol.
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