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Un coche con etiqueta C circula junto a un ciclista por el paseo de los Curas de Málaga, que formará parte de la ZBE. Marilú Báez
¿Qué pasa si tengo un coche viejo y tengo que entrar en la Zona de Bajas Emisiones de Málaga?

Gran Málaga

¿Qué pasa si tengo un coche viejo y tengo que entrar en la Zona de Bajas Emisiones de Málaga?

La clave del proyecto de Ordenanza de Movilidad es que distingue entre vehículos domiciliados en la ciudad o en otros municipios. Para los segundos, si no tienen etiqueta o tienen la B, no habrá excusas para poder acceder a medio plazo

Ignacio Lillo

Málaga

Lunes, 22 de enero 2024, 00:36

¿Qué pasa si tengo un coche viejo y tengo que entrar en la futura Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Málaga? Esta es la pregunta que se hacen estos días miles de malagueños, especialmente los que viven fuera del área acotada, pero que tienen que acceder con frecuencia por trabajo, por estudios, para atender a familiares mayores o para acudir a consultas sanitarias (centros médicos públicos y privados, dentistas, etc). Estas son las principales razones que los ciudadanos esgrimen en la avalancha de consultas que está recibiendo SUR estos días, tras conocerse el avance de la normativa.

En esta situación se encuentran un buen número de los 250.000 vehículos que circulan sin etiqueta; así como los 290.000 que tienen la pegatina B, que están censados en la provincia (datos de la DGT), y cuyos propietarios residen en Rincón de la Victoria, Torremolinos, Alhaurín de la Torre y Cártama, por citar sólo los municipios que integran la Gran Málaga. En muchos casos, son personas que acuden a diario a sus puestos de trabajo en la capital; o que necesitan venir con cierta frecuencia por razones familiares o de otra índole.

Antes de seguir, un paréntesis, porque es otra dura habitual: en realidad, no es necesario tener físicamente la pegatina en el coche, ya que el sistema telemático que se está desplegando, que es muy avanzado, será capaz de reconocer las matrículas y determinar al instante si están autorizadas o no para entrar en la ZBE.

200

euros es la multa prevista por entrar en la Zona de Bajas Emisiones de Málaga con vehículos no autorizados. La ordenanza también contempla la misma cantidad por circular a más de 30 km/h (o a más de 50 km/h), según el tipo de vía dentro de la ZBE.

Y sobre esta posibilidad (la de acceder o no), la respuesta es, hasta cierto punto, sencilla, porque el proyecto de Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de la capital no deja lugar a dudas sobre los supuestos permitidos. De hecho, este periódico ha hecho una consulta al Área correspondiente, para mayor certeza, y fuentes de este departamento se han remitido directamente al texto de la normativa.

Por tanto, la pieza clave para comprender el funcionamiento del nuevo sistema es si el vehículo está domiciliado (esto es, paga los impuestos) en la ciudad de Málaga, o en otros municipios. Y la mala noticia es que, para los segundos, si no tienen etiqueta o la que tienen es B, a medio plazo no habrá apenas excusas para poder acceder a la ZBE.

Moratoria

Así, de acuerdo con la ordenanza, los vehículos acreditados por la DGT con etiqueta ambiental B o sin distinción ambiental, que no estén domiciliados en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en la ciudad de Málaga, «no podrán acceder ni circular en la Zona de Bajas Emisiones», con las excepciones temporales que se han dispuesto en el régimen transitorio.

¿Y cuál es ese régimen transitorio? Hay dos supuestos. Los turismos sin etiqueta ambiental (los más antiguos) podrán acceder sólo durante un año tras la entrada en vigor de esta ordenanza; o cuatro años, en el caso de vehículos destinados al transporte de mercancías. Mientras que los que estén dentro de la categoría B tendrán dos años de moratoria (cuatro, en el caso de camiones de mercancías).

También podrán seguir circulando por la zona restringida los vehículos con etiqueta B que en el plazo máximo de dos años tras la entrada en vigor de la norma cambien su domicilio fiscal a la ciudad de Málaga, a efectos del pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.

Fechas previstas

Por tanto, como conclusión, quienes necesiten entrar en la ZBE y tengan un coche antiguo sin etiqueta, no podrán hacerlo un año después de la entrada en vigor de la normativa. Si se activa, como está previsto, a mediados de este año, tendrán prohibido hacerlo a partir de mediados de 2025.

En el caso de los que tengan la categoría B, tendrán que contar dos años: estarán vetados a partir de mediados de 2026. No obstante, estas fechas son aproximadas, porque a la ordenanza todavía le quedan algunos meses de trámites por delante, antes de que se ponga en marcha definitivamente.

Casos excepcionales

Los casos excepcionales que recoge el texto, en general afectan a vehículos de transporte público y de servicios, aunque con una salvedad: si usted conduce un vehículo considerado legalmente como histórico (con más de 30 años de antigüedad), entonces tendrá permitido el acceso. Por lo demás, con independencia de su origen, podrán entrar en la ZBE los autobuses, taxis y VTC; así como los camiones y furgonetas de mercancías.

En un segundo apartado, el texto dice que también tendrán permiso «previa comunicación y comprobación automatizada de sus matrículas», los siguientes vehículos: asistencia sanitaria, pública o privada; Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Policía Local, grúa municipal, servicios funerarios, limpieza e higiene urbana, alumbrado u otros servicios municipales. Extinción de incendios, Protección Civil y salvamento. Grúas para el remolque de vehículos, vehículos taller y de auxilio en carretera, así como de otros servicios que actúen en caso de emergencia. Los que presten servicios de desatoros, seguridad privada, transporte de fondos y gestión de efectivo, Correos y similares. Y otros que se determinen, «atendiendo a la peculiaridad del sector al que pertenezcan o a la necesidad de prestar un servicio de carácter esencial para la población».

Multas

Otra cuestión que cambia, aunque, esta sí, para todos los vehículos, es el límite de la velocidad cuando se circule dentro de la ciudad de Málaga, y que se establece en función de por qué tipo de vía se circule. Así, dentro de la Zona de Bajas Emisiones, la máxima permitida será de 30 km/h; si bien en las calles y avenidas con dos o más carriles, este límite se elevará hasta los 50 km/h.

En cuanto a las multas, acceder o circular por la zona de bajas emisiones (ZBE) con un vehículo no autorizado se penalizará con una sanción económica de 200 euros. Asimismo, en este mismo entorno restringido, circular con un vehículo superando la velocidad de 30 km/h (y a más de 50 km/h en vías con dos o más carriles por sentido de circulación), también conllevará el pago de 200 euros.

Por tanto, podría darse el caso extremo de un conductor procedente de la Gran Málaga, que entre y circule en la ZBE de la capital con un coche no permitido para ello (por ejemplo, sin etiqueta) y al que pillen a más de 30 km/h en una calle limitada a esa velocidad. Este usuario se enfrentará a 400 euros de multa, de una vez...

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