Cómo afecta el cobro el subsidio para mayores de 52 años a la futura pensión de jubilación

Es la única ayuda del SEPE que es ininterrumpida y que cotiza a la Seguridad Social hasta el retiro del perceptor

Lunes, 24 de abril 2023, 13:45

Las personas con 52 años o más y que hayan agotado el paro o el subsidio por desempleo pueden optar a una prestación de 480 euros mensuales hasta que cumplan la edad de jubilación (momento en que pasarán a cobrar la pensión correspondiente) si antes no han encontrado un empleo y si cumplen con los requisitos, entre ellos, haber cotizado un mínimo de 15 años para acceder a una pensión contributiva de jubilación. Pero además de esta peculiaridad, es decir, el cobro de esta ayuda es ininterrumpido, es la única que cotiza a la Seguridad Social para la pensión.

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En concreto, lo hace el SEPE por el 125% de la base mínima de cotización que esté vigente cada año. En 2023, es la misma que el pasado año y se mantiene en los 1.166,70 euros, de forma que el 125% de la base de cotización serían 1.458,37 euros mensuales.

Sobre esta cantidad se aplicará la cotización por contingencia común, que es de un 28,3%, que se asume por parte del SEPE en el momento del abono del subsidio para mayores de 52 años. No obstante, si se aprobase una subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) conllevaría un aumento de las bases mínimas de cotización, ya que la Ley 31/2022 establece que éstas subirán en el mismo porcentaje en que aumente el SMI. Por tanto, esta ayuda solo cotiza por la contingencia de jubilación, y no por otras contingencias, ni comunes, ni profesionales, ni por desempleo, ni formación, por lo que únicamente servirá para mejorar la jubilación.

Esto significa que durante el tiempo que se cobre esta ayuda, el perceptor tampoco estará cotizando por desempleo y, por tanto, no generará derecho a otras prestaciones por desempleo ni se tendrá en cuenta como cotizaciones por desempleo requeridas en la solicitud de otras ayudas.

El artículo 280.1 de la Ley General de la Seguridad Social recoge que las cotizaciones para la jubilación que hace el SEPE servirán para que cuando llegue la edad legal de jubilación del desempleado se sumen a su conjunto de cotizaciones. Esto último permitirá calcular la futura base reguladora y el porcentaje aplicable, lo que tendrá un efecto positivo en lo que se cobre finalmente.

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Desde 2022 se tienen en cuenta los últimos 25 años de cotización a los efectos de calcular la pensión de jubilación. En concreto, se valoran las bases de cotización de los últimos 300 meses, cuya suma es dividida entre 350 (es el número de meses, más pagas extras de los últimos 25 años).

Así por ejemplo, en el caso de los perceptores del subsidio para mayores de 52 años si han cotizado 20 años y han cobrado 5 años de subsidio, se tendrán en cuenta como cotizados 25 años.

Para poder acceder a una pensión contributiva de jubilación hay que cotizar durante 15 años mínimo y, al menos, dos de ellos deben ser anteriores al momento de solicitud de la pensión. En ese caso, el jubilado tiene derecho a acceder al 50% de su base reguladora (cuantía que se calcula en función de las bases de cotización del solicitante) y deberá haber cumplido la edad ordinaria de jubilación para poder retirarse. Ese porcentaje aumenta hasta el 100% a medida que crecen también los años cotizados. Entre 2023 y 2026, será necesario haber cotizado 36 años y medio y a partir de 2027 harán falta 37 años cotizados.

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Las cotizaciones que se realizan mientras se cobra este subsidio también se tienen en cuenta para el acceso a una posible jubilación anticipada; con el antiguo subsidio para mayores de 55 años no se permitía. Ahora no se obligará al perceptor a aceptar la jubilación anticipada, sino que podrá mantener el cobro del subsidio hasta que cumpla la edad ordinaria de jubilación.

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