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La jubilación anticipada está prevista por ley para actividades profesionales cuyos trabajos son de una naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusan elevados índices de mortalidad. Sin embargo, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha propuesto a sindicatos y patronal una nueva regulación para modificar los actuales coeficientes reductores que permiten a los trabajadores de esos oficios jubilarse antes de la edad legal ordinaria.
En este sentido, la ministra Elma Saiz ya ha avanzado que las profesiones que se verán afectadas por esta reforma serán aquellas con una alta incidencia, persistencia y duración de las bajas laborales, así como el número de incapacidades permanentes o fallecimientos que se producen.
El objetivo es regular el procedimiento general para el establecimiento de coeficientes reductores a fin de anticipar la edad de jubilación en función de los requerimientos físicos o psíquicos exigidos para su desempeño, así experimenten un elevado índice de morbilidad o siniestralidad a partir de una determinada edad o que ocasionen secuelas que den lugar a altos niveles de morbilidad o mortalidad como consecuencia de contingencias profesionales.
En la reunión mantenida este pasado lunes, la ministra ha presentado un borrador a UGT, CC OO, CEOE y Cepyme en el que se propone establecer «indicadores objetivos» para justificar dichas condiciones. «Se trata de una cuestión de la que hay que hablar con rigor y objetivando los requisitos«, ha subrayado.
En este sentido, ha insistido en que hay que trabajar con seguridad jurídica para ver en qué situaciones concretas y qué colectivos tienen que tener ese acceso, «pero el diálogo social es la manera«, ha dicho la ministra.
Actualmente, la ley ya prevé la jubilación anticipada para colectivos como los mineros, personal de vuelo, trabajadores del mar, trabajadores ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos, policías locales y ertzainas.
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