SEPE

Compartir piso con un familiar: el SEPE aclara cómo afecta a los desempleados que cobran un subsidio

La administración aclara quiénes componen la unidad familiar y qué prestaciones toman en consideración sólo los ingresos del solicitante

Miércoles, 28 de junio 2023, 14:25

Carencia de rentas. Esa es la condición para que un desempleado pueda acceder a uno de los subsidios del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuando ha agotado el paro o sus cotizaciones son insuficientes para acceder a esta prestación contributiva. Para cumplir con este ... requisito, el solicitante no puede superar un tope de ingresos mensuales, establecido en el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente. Es decir, si en 2023 el SMI es de 1.080 euros al mes, el desempleado no podría tener rentas que superasen los 810 euros brutos al mes.

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Pero es en el modo de calcular esas rentas cuando surgen dudas entre los desempleados, ya que para algunas ayudas se toman en consideración los ingresos del resto de miembros de la unidad familiar. Pero, ¿quiénes forman la unidad familiar? Si el desempleado vive con un hermano, sobrino o tía ¿también computan para tramitar un subsidio? Tal y como aclara el SEPE, no. Y es que la unidad familiar la componen los cónyuges y los hijos, por tanto, si se comparte piso con otra persona de la familia, sus ingresos no se tendrían en cuenta en el cálculo para saber si el desempleado cumple o no el requisito de carencia de rentas.

A la hora de valorar esta circunstancia y de que el desempleado sí tuviera que demostrar los ingresos del resto de miembros de la unidad familiar para tener derecho al subsidio, el cálculo sería la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de la unidad familiar, (el solicitante, su cónyuge y sus hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos), dividida por el número de personas que la componen no debe superar los 810 euros mensuales por miembro.

En este sentido, hay prestaciones que sí tienen en cuenta la renta de toda la unidad familiar, como es la ayuda familiar o el Subsidio extraordinario por Desempleo (SED) o la Renta Activa de Inserción (RAI).

Sin embargo, hay otras como el subsidio para mayores de 52 años o el subsidio por agotamiento de la prestación para mayores de 45 años sin responsabilidades familiares que sólo tendrán en cuenta las rentas del solicitante.

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