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Acceso de los fijos discontinuos al subsidio para mayores de 52 años: sí, pero con condiciones

Acceso de los fijos discontinuos al subsidio para mayores de 52 años: sí, pero con condiciones

Además de los requisitos generales a los que obliga la ley para poder solicitar esta ayuda, los desempleados deben tomar en consideración una fecha

Miércoles, 4 de septiembre 2024, 00:09

Los trabajadores fijos discontinuos pueden acceder a la prestación por desempleo cuando terminan su contrato, es decir, en los periodos de inactividad entre campañas. Sin embargo, una vez reinician la actividad, «si trabajan a tiempo parcial, no podrán compatibilizar la prestación y ese empleo cuando esta misma relación laboral ha sido determinante para acceder a la prestación. En tal caso, la prestación se suspenderá», apostillan desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Pero, ¿tienen derecho estos trabajadores al subsidio para mayores de 52 cuando cumplen los mismos requisitos que el resto? Actualmente, sí, aunque hasta hace dos años tenían limitado el acceso a esta ayuda una vez quedaban en paro. Y es que los fijos discontinuos no podían acceder al subsidio para mayores de 52 años mientras que continuasen con sus contratos de trabajo en alta.

Sin embargo, tras la entrada de vigor del Real Decreto-ley 3/2022 de 1 de marzo de 2022 (disposición final sexta), se modificó el artículo 277 de la Ley General de la Seguridad Social, de tal forma que esa limitación desapareció. Con ese cambio legislativo se garantiza, por tanto, el acceso de un colectivo vulnerable (con actividades intermitentes y sin estabilidad en el empleo) a los subsidios por desempleo «en las mismas condiciones y con los mismos derechos» que se aplican al resto de trabajadores por cuenta ajena del Régimen General de la Seguridad Social protegidos por la contingencia de desempleo, tanto en el acceso a esta ayuda como a su base de cotización a la Seguridad Social.

Así pues, los trabajadores fijos discontinuos que quieran a día de hoy solicitar este subsidio tienen que cumplir los requisitos generales, siendo el de cotización el más importante. Así, para acceder a esta ayuda, que es la única que puede cobrarse ininterrumpidamente hasta la edad legal de jubilación, es necesario reunir las condiciones para la jubilación ordinaria (excepto la edad), es decir, 15 años cotizados (y por lo menos dos de ellos durante los 15 años previos a solicitar el subsidio) y haber cotizado por desempleo un mínimo de seis años en el Régimen General a lo largo de la vida laboral del solicitante.

No es la única exigencia para cobrar una ayuda, cuya cuantía mensual asciende a los 480 euros. Además de la edad, estar desempleado y cumplir con el mínimo de años de cotización, el desempleado tiene que estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agota la prestación que se estaba percibiendo; debe cumplir el compromiso de actividad que está incluido en la solicitud, y cumplir con el requisito de carencia de rentas propias, es decir, los ingresos mensuales no pueden superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), actualmente equivalente a los 850,50 euros. En este caso, no se tienen en cuenta los ingresos del resto de miembros de la unidad familiar (cónyuge o hijos) ni al solicitar el subsidio ni durante la vigencia del mismo.

Pero además de estos requisitos generales y de acuerdo a la nueva regulación, es imprescindible para que estos trabajadores fijos discontinuos puedan acceder al subsidio para mayores de 52 años hayan accedido a este tipo de contrato después del 2 de marzo de 2022, fecha en la que se aprobó el cambio legislativo con el nuevo decreto-ley.

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