Chaves, a su salida hoy de los juzgados de Sevilla. SUR

¿Por qué ha sido condenado Manuel Chaves?

El expresidente de la Junta ha sido inhabilitado por nueve años

Martes, 19 de noviembre 2019, 15:13

Manuel Chaves era «plenamente consciente de la plena ilegalidad» de los hechos juzgados, «en los que participó». Así argumenta la sentencia dictada por la Audiencia de Sevilla la condena de nueve años de inhabilitación a quien fuera presidente de la Junta de Andalucía entre 1990 y 2009.

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En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Antonio Calle Peña, se argumenta que Chaves era el presidente andaluz «cuando se empezaron articular las primeras ayudas a trabajadores afectados por procesos de reestructuración empresarial a finales de los 90, y en el año 2000» y se subraya que la decisión de conceder estas ayuda no partía de la Consejería de Empleo «sino que era una decisión del gobierno en su conjunto».

«Resulta lógico que cualquier variación en el sistema de concesión de estas ayudas, habida cuenta que afectaba a más de una consejería, tuviera que pasar por la decisión final de su superior jerárquico, es decir, el presidente de la Junta de Andalucía», según se lee en el resumen de la sentencia facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

En la justificación judicial de los hechos se sostiene que tras los problemas sufridos en los expedientes de ayudas a empresas como IAMASA o HAMSA se tomó la decisión de cambiar totalmente el modo de proceder. Así, añade la sentencia, a partir del 18 de abril de 2000 se optó por la utilización de la transferencia de financiación al IFA (Instituto de Fomento de Andalucía).

La Sala sostiene que este no era un cambio menor sino que suponía un cambio en la presupuestación «por lo que resulta impensable» que el consejero de Empleo tomara esta decisión por sí sólo ni que tampoco lo hiciera por sí misma la consejera de Economía y Hacienda sino que «exigió de la decisión del superior jerárquico de ambos, el presidente de la Junta, Manuel Chaves».

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«Este cambio en la clasificación económica del gasto, mediante el uso de la transferencia de financiación, suponía que, al traspasarse los fondos desde la consejería de empleo al IFA, se iba a omitir la fiscalización previa de las ayudas que se pensaban seguir dando con cargo a esa partida. Este cambio de actuación, consentido por el presidente de la Junta, se plasmó por primera vez en la aprobación por el Consejo de Gobierno, de la modificación presupuestaria de 18 de abril del año 2000, que supuso la sustitución, indebida e ilícita, de las partidas presupuestarias 47 y 48, por la 440, transferencia de financiación al IFA en materia de relaciones laborales», añade la sentencia.

Además, se añade que como presidente de la Junta aprobó las modificaciones presupuestarias que afectaron al programa 31L, que por su cuantía eran competencia del Consejo de Gobierno, hasta su cese en abril de 2009 y participó en la aprobación del anteproyecto de presupuestos y envío del proyecto al Parlamento, desde el ejercicio de 2002 hasta el de 2009.

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