Un grupo de alumnos, en el complejo de Estudios Sociales y del Trabajo. Marilú Báez
UMA

Los universitarios deberán acreditar un número mínimo de firmas para realizar paros

Un nuevo reglamento permite a los alumnos acordar la suspensión de las clases, aunque excluido el periodo destinado a realización de exámenes

Lunes, 30 de octubre 2023, 00:04

Los estudiantes de la Universidad de Málaga podrán convocar paros amparados por un nuevo reglamento que regula este derecho y ofrece las garantías necesarias para ... su ejercicio, pero con un número mínimo de firmas que respalden esa solicitud, que va del 10% al 50%, según el tipo de paro. El derecho al paro académico ya venía recogido en los estatutos de la UMA aprobados en 2019, pero ahora ha llegado el momento de su regulación concreta, lo que sitúa a la UMA entre las primeras universidades andaluzas en contar con un reglamento que aclara y regula el derecho al paro académico.

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Se considera 'paro académico' a la interrupción voluntaria y previamente acordada de la actividades académicas de los estudiantes, con el objetivo de defender sus derechos y en apoyo de sus reivindicaciones relativas al ámbito universitario.

El vicerrector de Estudiantes, José Francisco Murillo, considera que «era absolutamente necesario regular un derecho contemplado en los Estatutos de la UMA y ahora también recogido en Ley Orgánica del Sistema Universitario». La Universidad, precisa, desarrolla a través de este reglamento las condiciones para el ejercicio de dicho derecho y el procedimiento de declaración del paro académico. Además, este reglamento contó con la aprobación por unanimidad del consejo de gobierno, lo que implica el acuerdo pleno con el consejo de estudiantes y los votos de todos los representantes del estudiantado en consejo de gobierno.

El reglamento establece tres tipos de paro académico: el general, que afectará a todos los centros de la Universidad de Málaga y a todas las enseñanzas oficiales de grado y posgrado que en ella se impartan; paro académico parcial de centro, que afectará a un único centro de la Universidad de Málaga y a todas las enseñanzas oficiales de grado y posgrado cuya organización esté atribuida por completo a dicho centro y, finalmente, el paro parcial de titulación, que es aquel que afectará a una única enseñanza oficial de grado o de posgrado que se imparta en la UMA.

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El paro puede ser acordado por el consejo de estudiantes o por los alumnos, en un porcentaje que va del 10% al 50%, según el tipo de huelga

El paro académico general puede ser convocado por la mayoría absoluta del pleno del consejo de estudiantes y también a propuesta de un grupo de estudiantes, con la recogida de firmas de al menos el 10% de estudiantes de grado y posgrado.

En el caso de paro parcial del centro será convocado con el consejo o delegación de alumnos del centro, también por mayoría absoluta de su pleno, o bien por un grupo de alumnos, aunque en ese caso ya se requiere un mínimo del 25% de firmas. Son los mismos requisitos que para el paro parcial de titulación, aunque aquí el número de firmas debe ser superior al 50% de los estudiantes matriculados en dicha titulación.

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Según José Francisco Murillo, el reglamento «exige un número de firma muy elevado, que entendemos supone un refrendo suficiente para poder convocar el paro». El vicerrector entiende que la convocatoria de paro por parte de los propios alumnos «es un procedimiento más complejo y exigente que el que se propone para el caso de ser convocado por el consejo de estudiantes de la UMA o de centro, pero que permite al alumnado poder actuar en este sentido en el caso de no sentirse bien representado por sus representantes».

Paro y exámenes

Cualquiera de las tres modalidades de paro previstas en el reglamento solo podrá llevarse a cabo durante el periodo lectivo, estando excluidos los periodos de suspensión de docencia para la realización de exámenes.

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Por otra parte, este reglamento debe conciliar el derecho al paro académico con el derecho a recibir la docencia prevista para aquellos estudiantes que no deseen secundar el paro. De esta manera, el temario podrá seguir avanzando, aunque el reglamento recoge textualmente que «el estudiantado que hubiese secundado el paro dispondrá de información sobre la actividad docente que se hubiera desarrollado en su ausencia». Según el vicerrector de Estudiantes, «esta es una garantía para que el alumnado que no hubiera asistido a clase durante el paro pueda seguir de manera autónoma el desarrollo de la docencia». Así mismo el reglamento contempla que «la inasistencia del estudiantado a las actividades docentes presenciales o su no participación en otro tipo de actividades docentes no podrá ser considerada en ningún caso como un indicador negativo al ser evaluado». Corresponderá a la comisión académica y de calidad del centro, dirimir los conflictos relacionados con este aspecto.

Abraham Cortés Bonilla, presidente en funciones del consejo de estudiantes de la UMA, explica por su parte que se trata de un reglamento «muy trabajado», aunque en su opinión quedan cuestiones «mejorables». En comparación con los de otras universidades andaluzas, considera que el aprobado en Málaga «es más efectivo a la hora de realizarlo». Señala también que la doble posibilidad de convocatoria tanto por parte del consejo de estudiantes como con firmas de los propios alumnos es una medida muy avanzada respecto a otras universidades. En cambio, no se muestra tan conforme con que se pueda continuar la actividad académica en caso de paro.

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