En casi todas las carreras hay una asignatura 'hueso' que se atraviesa a más de un alumno. Corren las convocatorias (un máximo de seis, dos ... por curso académico) y no llega el ansiado aprobado. Hasta hace unos años eran frecuentes los casos de alumnos que trasladaban su expediente a otra universidad en la que, a priori, esa asignatura podía resultar más fácil de aprobar. Para evitar estas situaciones, la UMA (como la mayoría de universidades españolas) cuenta con la denominada 'evaluación compensatoria', con la que se valora la aptitud global del alumno para conseguir el título correspondiente cuando por los mecanismos habituales no haya podido aprobar una de las asignaturas de las que consta su plan de estudios.
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Más de medio millar de alumnos, en concreto 567, han conseguido graduarse durante el curso pasado, a pesar de tener una asignatura suspensa. Una cifra que el vicerrector de Estudiantes, José Francisco Murillo, considera «razonable» teniendo en cuenta el volumen de alumnos y número de asignaturas que se imparten en la UMA. «Es un porcentaje bajo; estamos hablando de aprobar una asignatura de 6 créditos de los 240 que corresponden a una titulación de cuatro años», explica. En el curso 2018/19 fueron 443 asignaturas; en el 2017/18, 325 y en el 2016/17, 225. La cifra más baja corresponde al curso 2015/16, cuando fueron solo 71 asignaturas. Ese año se modificaron y suavizaron los requisitos, pasando de seis convocatorias agotadas a cuatro, y cambiando también el cálculo de la nota media exigida.
Con esta evaluación compensatoria, la Universidad facilita una salida a alumnos que, por alguna razón, se enfrentan a una asignatura que se les resiste de manera reiterada y que no son capaces de aprobar. «Lo que hacemos es una valoración global de los resultados del alumno, de su actitud a lo largo de la carrera, independientemente de esa asignatura que, por distintos motivos, no son capaces de aprobar», asegura el vicerrector, que aclara no obstante que por este sistema solo se puede aprobar una asignatura de toda la carrera.
«Es una salida lógica para que un alumno pueda terminar sus estudios de grado, sin tener que recurrir a medidas más drásticas», indica. Se refiere Murillo Mas a trasladar el expediente a otra universidad, por ejemplo, con el coste que tiene para el alumno, tanto económico como académico, pues en algunos casos tienen que cursar más asignaturas de las que tenían suspensas porque no se le convaliden todas las materias.
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Las titulaciones en las que se solicita con mayor frecuencia esta evaluación compensatoria están relacionadas con las ingenieras, aunque el vicerrector de Estudios apunta que «en todas las carreras hay alguna asignatura con especial dificultad».
Para participar de esta convocatoria por evaluación extraordinaria, al alumno le deben quedar un máximo de 18 créditos para finalizar los estudios. Debe haber superado en la UMA al menos el 60% de los créditos de la respectiva titulación y haber agotado cuatro convocatorias de una asignatura de primer o segundo curso; tres convocatorias de una asignatura de tercer curso en titulaciones de cuatro años y de tercero, cuarto o quinto curso en titulaciones de seis años y de dos convocatorias de una asignatura de último curso.
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La nueva normativa reguladora de los procesos de aprendizaje, en la que se contempla la evaluación compensatoria, regula otras cuestiones relacionadas con el régimen de permanencia y verificación de conocimiento de los estudiantes. Entre otras cuestiones, regula la posibilidad de grabar los exámenes orales. En concreto, se contempla para el caso en el que las pruebas orales de evaluación cuya ponderación en la nota final supere el 50 por ciento, aunque será una grabación de carácter interno y estará prohibida su difusión sin el consentimiento de ambas partes. Si no se llega a ese 50 por ciento de la nota, el profesor dejará constancia escrita de las cuestiones o tareas evaluadas, señalando los aciertos y los errores de las respuestas del estudiante.
Otras cuestiones que regula esta normativa se refieren a la evaluación de estudiantes con necesidades específica de apoyo educativo o con diversidad funcional, o la evaluación por incidencias, algo que «hacía mucha falta», en opinión del vicerrector de Estudiantes, pues no había una norma de aplicación. En este sentido, explica que la evaluación por incidencias trata de solucionar los casos en los que el alumno no se puede presentar al examen previamente fijado por causas concretas, como es la coincidencia con otros exámenes, fallecimiento de un familiar, por movilidad o actividades deportivas, entre otras causas.
Sobre la conservación de las evidencias de la evaluación (exámenes), la normativa determina que deben ser conservados por el profesor hasta la finalización del curso siguiente a aquél en el que fueron realizadas. Transcurrido ese plazo, las evidencias de la evaluación podrán ser destruidas, salvo que se hubiera interpuesto algún recurso.
Las secretarías de los centros son las encargadas de comprobar que se cumplen dos requisitos fijados por la UMA: que la nota media del expediente académico sea igual o superior a 5,5 y que la media aritmética de los porcentajes que el conjunto de 'suspensos' y 'no presentados' representan sobre el total de estudiantes matriculados en cada una de las convocatorias ordinarias donde el solicitante ha obtenido la calificación de 'suspenso' es superior al 40 por ciento. De darse todos estos requisitos, la asignatura se da por aprobada, sin necesidad de ninguna convocatoria de examen.
Cada curso académico se realizan tres convocatorias para participar en el procedimiento de evaluación compensatoria, en marzo, julio y octubre, una vez finalizadas las convocatorias ordinarias correspondientes a asignaturas de primer y segundo semestre. No obstante, aquellos estudiantes a los que les reste como única asignatura para finalizar estudios la que desean superar por evaluación compensatoria, podrán realizar la solicitud en cualquier momento.
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