Borrar
El claustro de la UMA aprobó los actuales estatutos en febrero de 2018. La LOSU obligará a una nueva adaptación lega. Sur
El futuro rector de la UMA solo podrá ejercer el cargo durante un mandato de seis años improrrogable

El futuro rector de la UMA solo podrá ejercer el cargo durante un mandato de seis años improrrogable

La nueva Ley Orgánica del Sistema de Universidades también elimina la condición de ser catedrático de universidad

Martes, 20 de junio 2023, 12:00

El futuro rector de la Universidad de Málaga, el que salga de las elecciones del próximo mes de diciembre, solo podrá estar en el cargo durante un mandato improrrogable de seis años. Los estatutos de la Universidad de Málaga, en una reforma impulsada por el actual rector, José Ángel Narváez, limitó a dos los mandatos consecutivos, de cuatro años de duración, tanto del rector como de otros cargos electos, como decanos y directores de centros y directores de departamentos.

La nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), en vigor desde este mes de abril, limita el número de mandatos y de años de ejercicio del cargo. «El rector o la rectora será elegido mediante elección directa por sufragio universal ponderado por todos los miembros de la comunidad universitaria. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.3, la duración de su mandato será de seis años improrrogables y no renovables».

Al mismo tiempo, la LOSU elimina el requisito de la condición de catedrático para ser candidato: «Los candidatos o candidatas deberán ser personal docente e investigador permanente doctor a tiempo completo y reunir los méritos de investigación, docencia y experiencia de gestión universitaria que determinen los Estatutos. En todo caso, dichos méritos deberán garantizar una alta capacidad investigadora, una acreditada trayectoria docente así como una suficiente experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal», indica el artículo 51 de la ley. Estos méritos quedan concretados en 18 años de investigación (tres sexenios), 15 años de docencia en educación superior (tres quinquenios) y el haber ocupado no menos de cuatro años algún cargo unipersonal de gestión en los campus, como pueden ser vicerrector, decano o jefe de departamento.

Reforma de los estatutos

La LOSU obligará a una nueva reforma de los estatutos de la UMA. La última se aprobó durante el primer mandato de Narváez, en 2018. Introdujo, por ejemplo, el voto telemático, y la limitación a dos los mandatos consecutivos del propio rector, una medida que se extiende a decanos, directores de centros, jefes de departamentos e incluso al presidente o presidenta del consejo de estudiantes.

También se modificó la composición del consejo de gobierno, para asegurar la presencia de todos los decanos y directores de centros. Ahora, para adaptar los estatutos a la LOSU, habrá que modificar esta composición, ya que un tercio de los miembros del consejo de gobierno serán nombrados directamente por el rector.

Los departamentos universitarios, con la nueva ley, deberán estar integrados por un mínimo comprendido entre 35 y 50 docentes e investigadores a tiempo completo, en lugar de los 12 actuales. Las universidades tienen hasta el 31 de diciembre de 2024 para adaptase a la nueva legislación.

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariosur El futuro rector de la UMA solo podrá ejercer el cargo durante un mandato de seis años improrrogable