Imserso: el importante plazo para poder disfrutar de vacaciones desde octubre y en 2023

El 19 de julio de 2022 acaba el plazo para incribirse

sur

Domingo, 17 de julio 2022, 16:22

El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) ha convocado 816.029 plazas para participar en el Programa de Turismo, los conocidos popularmente como viajes del Imserso, que se desarrollarán entre los meses de octubre de 2022 y junio de 2023. El 19 de julio ... de 2022 acaba el plazo para incribirse.

Publicidad

Los precios oscilarán entre los 455 euros para las estancias de 10 días en zonas de costa peninsular e islas, para viajes con procedencia europea, y los 115 euros para los viajes de cuatro días en capitales de provincia. Precisamente, los precios han sido motivo de polémica por la decisión del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 de congelar las tarifas, lo que provocó el malestar del sector turístico. La Ministra de Industria y Turismo, Reyes Maroto, instó incluso a Ione Belarra a sentarse con el sector para revisar el programa.

El programa ofrece destinos de costa peninsular de 8 y 10 días en Cataluña, Andalucía, Región de Murcia y Comunidad Valenciana, además de Canarias y Baleares. También habrá oferta de turismo de interior, con estancias de 4, 5 y 6 días, con circuitos culturales, turismo de naturaleza, capital de provincia y Ceuta y Melilla.

Los turnos, que podrán tener una duración desde 4 días (3 pernoctaciones) hasta 10 días (9 pernoctaciones), se realizarán en régimen de pensión completa, excepto en los viajes a capitales de provincia cuyo régimen será de media pensión.

El 17 de junio se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la resolución con las plazas aprobadas cara a la temporada 2022-2023, con una previsión de que los turnos de vacaciones comiencen en el próximo mes de octubre. En este sentido, desde el lunes 27 de junio de 2022 y hasta el martes 19 de julio de 2022 –ambos días inclusive–, permanecerá abierto un periodo de presentación de nuevas solicitudes de participación, exclusivamente para aquellas personas que no estén incluidas ya en el Programa de Turismo del Imserso.

Publicidad

La cumplimentación y presentación de estas nuevas solicitudes puede hacerse de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Imserso o descargando de la web del Imserso o en la Sede Electrónica del Imserso el modelo de solicitud de participación en el Programa de Turismo para la temporada 2022-2023. Una vez cumplimentado se deberá remitirlo por alguno de los siguientes medios:

-A través de los registros electrónicos y oficinas.

- En sobre franqueado, no por correo certificado, a la dirección: Programa de Turismo del Imserso, apartado de correos 10.140 28080 Madrid.

Cartas de renovación

Por otra parte, las personas ya acreditadas en el Programa de Turismo del Imserso han recibido en sus domicilios las cartas de renovación para participar en el mismo en la próxima temporada 2022-2023. En ellas se adjunta un impreso de solicitud con la siguiente información: los datos que figuran en la base de datos del Imserso así como espacio para realizar las modificaciones que considere oportunas. Si los datos no han variado y se consideran correctos, no es preciso que realice ninguna actuación y no hay que remitir el impreso cumplimentado.

Publicidad

Si los datos no son correctos o han cambiado, debe remitirse el impreso de solicitud cumplimentado. En este caso, y en el plazo comprendido entre 27 de junio y 19 de julio de 2022, ambos incluidos, se podrá efectuar el cambio a través de la Sede Electrónica del Imserso utilizando el número de referencia que aparece en la carta que ha recibido o el sistema Cl@ve.

Las condiciones para poder acogerse al programa del Imserso son las siguientes:

-Ser residente en España: podrán participar en el programa de turismo del Imserso, las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

Publicidad

- Ser pensionista de jubilación del sistema público español de pensiones.

- Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad.

- Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.

- Ser titular o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.

- Ser emigrante retornado a España y pensionista del Sistema público de la Seguridad Social del país del que ha retornado.

Publicidad

- Ser residente en el exterior que reúna los requisitos exigidos en el punto anterior para participar en el programa. Los residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

- Ser español de origen emigrante que haya retornado a España, siempre que sea pensionista de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.

Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.

Noticia Patrocinada

Asimismo, podrán ir acompañadas de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €

Publicidad