Pilar Martínez
Lunes, 12 de septiembre 2016, 00:33
Entre quienes han solicitado inscribir en el Registro de Turismo una vivienda de uso turístico hay propietarios que han dejado de buscar inquilinos para uno o varios años para centrarse en el negocio de alquilar a los viajeros. Para transformar un piso en una oferta de alojamiento reglada, la normativa señala como requisitos disponer de licencia de ocupación, que las habitaciones tengan ventilación directa al exterior o a patios y algún sistema de oscurecimiento en las ventanas. Además, se exige que los inmuebles estén suficientemente amueblados y dotados de los enseres necesarios, así como de ropa de cama y menaje, para su uso inmediato y acorde al número de plazas de que disponga.
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La norma obliga también a contar con refrigeración por elementos fijos en las habitaciones y salones cuando el periodo de alquiler sea de mayo a septiembre, ambos inclusive. También deberán disponer de calefacción, botiquín de primeros auxilios, de información turística, hojas de quejas y reclamaciones y contar con un servicio de limpieza a la entrada y salida de nuevos clientes.
A nivel fiscal, el propietario tributará incluyendo las ganancias del alquiler turístico en su declaración de la renta.
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