Le diagnosticaron leishmania, una enfermedad letal para los perros, pero su dueño no lo llevó al veterinario para que le administrasen el tratamiento adecuado. A cambio, encerró al podenco, de pocos meses de edad, en una caravana, aislado entre sus propios excrementos. Cuando fue rescatado por el Seprona de la Guardia Civil tras la denuncia de la asociación animalista de Casabermeja, Ladram, el estado del can era tan débil que tuvo que ser eutanasiado para evitar su sufrimiento. El propietario, un cazador y rehalero de la localidad, fue condenado por estos hechos, calificados de maltrato animal, a un año de prisión y tres años de inhabilitación especial para trabajar o poseer animales. Recurrió la sentencia hasta llegar al Tribunal Supremo, que ha dado por firme la condena.
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Los hechos ocurrieron en 2017, y desde entonces han ido ascendiendo por las instancias judiciales. En su respuesta, los magistrados del alto tribunal descartan uno por uno los argumentos del recurso de casación, dando por válidos los argumentos de la sentencia original, dictada por el Juzgado de lo Penal número 11 de Málaga en 2019.
En este primer fallo, el juez consideraba «acreditado» que el acusado «maltrató injustificadamente a un animal doméstico». A raíz de la declaración que efectuó en el juicio la veterinaria que atendió al perro, el juez considera que «es evidente que el acusado no le dio los cuidados necesarios que precisaba el animal».
En la sentencia se considera probado también que el cazador en un principio sí administró la medicación al animal, pero que luego empezó a no hacerlo. Procedió a llevarse al perro consigo y a dejarlo encerrado en el vehículo durante horas, en contra de las recomendaciones de la facultativa. Además, en las consultas veterinarias se documentó un importante estado de desnutrición, una afección hepática e infecciones por pulgas y garrapatas que agravaban su estado.
El juez añadía que en vez de aislar al animal, debería «haberlo llevado al veterinario y darle el tratamiento necesario para la curación de las enfermedades que padecía, teniendo en cuenta que un rápido diagnóstico y un rápido tratamiento podrían haber salvado el animal». Además, asegura en la sentencia que rechazó hacer más pruebas y comprar el tratamiento recomendado por la veterinaria.
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El agente del Seprona que extrajo al perro señaló en el juicio que «la furgoneta estaba sucia», llena de «excrementos, comida esparcida antigua y al sol de justicia«, por lo que »la situación del perro era de extrema debilidad«.
El juez de lo Penal de Málaga concluye en su sentencia que la posterior muerte del perro fue por la dejación de las funciones de su propietario, por su abandono y por rechazar los consejos veterinarios, abandonándolo en un espacio cerrado y antihigiénico. Además, recuerda que el propietario podría haber eutanasiado al perro y haber evitado así el sufrimiento posterior. Este argumento, cuatro años después del episodio, ha sido confirmado por el Tribunal Supremo.
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