Aún no era la hora de la cena pero el bar estaba ambientado. Entre la multitud, un cliente se encaró con una de las camareras del establecimiento. Los motivos de la discusión eran ajenos para otro comensal, que decidió mediar para calmar los ánimos y defender a la mujer ante los aspavientos del parroquiano. Sin mediar palabra, éste le propinó un cabezazo en la nariz, se marchó del local y volvió con varios amigos para dar una paliza al mediador. Ahora ha sido condenado a un año y dos meses de prisión.
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Ocurrió durante el verano de 2017, en el Centro de Málaga. Según se describe en el apartado de hechos probados de la sentencia –que fueron aceptados en conformidad por el acusado–, el procesado tardó pocos momentos en regresar al local una vez había propinado el primer golpe al otro cliente. Una vez llegaron al bar «se dirigieron directamente» al hombre y el condenado le dio un golpe en la boca, rompiéndole varios dientes.
Según describe la jueza en la sentencia condenatoria, una vez la víctima estaba en el suelo, el procesado y los acompañantes –que no han sido identificados– continuaron dándole golpes, sin detenerse hasta que alguien gritó que la Policía estaba llegando al local.
Durante la agresión, tanto la camarera como otro hombre vinculado a la gerencia del local trataron de defender al cliente, recibiendo varios empujones y puñetazos en el proceso. Ambos sufrieron distintas lesiones –la camarera tuvo que estar dos semanas de baja, pero el otro implicado rechazó presentar cargos–.
La víctima de la paliza, según los informes médicos aportados en la causa, sufrió una contusión facial, la rotura de cuatro piezas dentales –también perdió dos prótesis cuyo valor a efectos periciales está por determinar–, así como una fractura del húmero izquierdo. En total tardó en recuperarse 116 días, de los cuales 60 fueron impeditivos. Como resultado, además de los daños en la mandíbula, ha perdido movilidad en la extremidad afectada (por debajo del 25%), por lo que puede continuar trabajando.
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El acusado ha pagado 23.500 euros, y la jueza considera que tanto él como la camarera quedaron indemnizados íntegramente antes de la celebración del juicio.
En el fallo, la presidenta de la sala distingue entre dos delitos de lesiones diferentes. Por una parte, lo condena a dos meses de prisión por el delito general de lesiones, en el que concurre la atenuante muy cualificada de reparación del daño. Por la eliminación de las cuatro piezas dentales, la jueza aplica otro delito de lesiones con pérdida o inutilidad de un órgano, que conlleva la pena de un año de prisión.
Sin embargo, esta última pena queda suspendida por un plazo de dos años, una medida que queda condicionada a que en ese periodo de tiempo no delinca. En caso contrario se revocaría dicha suspensión y debería ingresar en un centro penitenciario.
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