Estado en el que se encontraba el perro tras ser rescatado. SUR

Maltrato animal en Álora: multa por abandonar a su perro entre chatarra, sin agua ni comida

El Juzgado de lo Penal de Málaga ha condenado al propietario del mastín a abonar una sanción de casi 3.000 euros, además de indemnizar a la Asociación Ladram por los gastos para la recuperación del perro

Martes, 4 de febrero 2025, 00:29

Lo encontraron entre chatarra y escombros, en el interior de un coche abandonado y en estado de desguace en una finca de Álora. El único alimento que recibía el mastín consistía en trozos de pan duro. Tampoco le facilitaban agua y presentaba tanto heridas infecciosas como un estado de delgadez extrema. El Juzgado de lo Penal número 1 de Málaga ha condenado a su propietario a una multa de 2.790 euros por un delito de maltrato animal.

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Así se expone en la sentencia, dictada a finales de enero, a la que SUR ha tenido acceso. De acuerdo con el apartado de hechos probados, el perro malvivía en el turismo sin que se cumplieran las mínimas condiciones higiénicas ni sanitarias para preservar su salud. Debido a ello, también presentaba infecciones por parásitos que le provocaron tanto heridas como lesiones oculares.

Para la magistrada, ha quedado probado que el acusado era «conocedor de dicho estado», pese a lo que no le procuró asistencia veterinaria ni sanitaria básica. Fue la denuncia de la Asociación Ladram -Lugareños Asociados para la Defensa y Respeto de los Animales y Medio Ambiente- la que puso a la Guardia Civil en conocimiento de la situación del can en noviembre de 2020.

De acuerdo con el informe veterinario, el animal presentaba desnutrición severa, deshidratación, caquexia y pérdida de masa muscular marcada, así como heridas en la cara interna de ambos ojos, entre otras lesiones. El profesional dejó claro en el parte que su estado general era compatible con un «abandono extremo».

Según ratificó la perito en la vista, cuando el can llegó al centro le llamó la atención «el gran número de pulgas y garrapatas». Asimismo, corroboró que era probable que, de no haber recibido asistencia, hubiera fallecido. Como se argumenta en la resolución, los hechos probados son constitutivos de un delito de maltrato animal por omisión.

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«Nos encontramos ante un delito de resultado material, en el que el bien jurídico protegido es la vida, la integridad y la salud física y psíquica del animal, en el cual la comisión por omisión es perfectamente viable como una de las múltiples modalidades de ejecución posibles en cuanto a los medios o procedimientos empleados por el autor para causar la muerte del animal o una lesión grave», fundamenta la titular del juzgado.

De ahí que, además de la multa, la condena recoja una indemnización a la Asociación Ladram de 2.550 euros, ya que se corresponde a los gastos veterinarios, de manutención y cuidados que fueron necesarios para atender al animal y restablecer su salud.

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