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Un juzgado de lo Social de Málaga ha concedido la incapacidad absoluta a un repartidor de 58 años que padece problemas traumatológicos, reumatológicos y cardíacos después de que la Seguridad Social se la negara, lo que llevó al empleado a recurrir a los tribunales.
Como se expone en la sentencia, a la que SUR ha tenido acceso, el hombre presenta una gonalgia izquierda, gonartrosis, así como una tendinitis, entre otras dolencias, como hipertensión, ácido úrico y un corazón débil.
El repartidor estuvo representado por el abogado laboralista Álvaro Jiménez Bidón, de Jiménez Bidón Abogados, quien presentó una reclamación después de que en febrero de 2021 agotase el tiempo máximo de baja médica y el INSS emitiera un dictamen en el que le denegaba cualquier grado de incapacidad laboral.
Tras la demanda, en mayo de 2021, la Seguridad Social reconoció su incapacidad total para ejercer su profesión habitual, siendo esta resolución confirmada el 7 de diciembre de 2021 tras una revisión de grado que fue instada de oficio por el mismo organismo.
En la misma, como se señala en la sentencia, se ignora el informe médico emitido en noviembre de 2021 por el Hospital Universitario Regional de Málaga en el que se afirmaba que el paciente, debido a su estado, estaba imposibilitado «para realizar cualquier actividad laboral» debido a sus limitaciones orgánicas y funcionales.
En el mismo también se aduce que sufría asfixia cuando no estaba en reposo y que tanto el estrés físico como psíquico puede provocar una subida de tensión y eso repercute en su corazón, con capacidad funcional baja.
Una vez aportados a la causa todos estos informes por parte del letrado, el juzgado ha concluido que, con posterioridad a la valoración del Equipo de Valoraciones de Incapacidades (EVI), las dolencias del repartidor se habían agravado.
De ahí que, como se señala en el fallo judicial, se haya estimado la petición del trabajador al que se ha declarado afecto de una incapacidad permanente absoluta.
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