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Abusó de su hijastra durante meses, hasta que fue descubierto por la madre de la víctima, que tenía 12 años cuando empezó a sufrir estos episodios. La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a diez años y medio de cárcel por un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años.
Según se expone en la sentencia, a la que SUR ha tenido acceso, los hechos se remontan a 2021, cuando el acusado ya llevaba más de un año conviviendo con su novia y los hijos de ella en el mismo domicilio. El primer episodio se produjo una mañana de mayo, mientras la madre hacía el desayuno.
Aquel día, la niña de 12 años y su hermano se despertaron y fueron al cuarto de su progenitora, tras lo que se tumbaron en la cama con ella y el procesado. Después de un rato charlando en familia, la mujer se levantó para prepararles algo de comer, haciéndolo a continuación el otro menor.
Una vez que a solas con la niña, con ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos, comenzó a abusar de ella. La menor, que quedó impactada, guardó silencio. Al día siguiente, guiado por el mismo ánimo lascivo, fue al dormitorio de la víctima y empezó a besarla por el costado y la barriga, siendo sorprendido por la madre.
Tras una discusión entre la progenitora y el acusado, siempre de acuerdo con la resolución, la mujer decidió enviar a la menor a casa de sus abuelos, donde estuvo viviendo hasta finales de ese año, cuando regresó al domicilio familiar.
Lejos de cesar el procesado en su conducta hacia su hijastra, aprovechando la corta edad de esta y que su capacidad intelectual se encontraba en el límite de la normalidad, continuó con las agresiones sexuales, que ocurrían cada vez que ambos se quedaban a solas o cuando nadie los veía.
El último episodio, siempre según la sentencia, ocurrió a principios de marzo de 2022, cuando la perjudicada ya había cumplido los 13 años. Ese día, mientras la madre se duchaba, el encausado llevó a la perjudicada a la cocina. En esta ocasión, la progenitora lo sorprendió en mitad de los abusos.
Pese a que el acusado negó en el juicio los hechos que se le imputan, alegando que todo se había tratado de una investigación de la niña y de la madre, los testimonios de la perjudicada y de testigos, así como el resto de pruebas periciales, fueron determinantes para el dictado de la condena.
En este sentido, los magistrados consideran que la declaración de la propia víctima ya reunía los requisitos exigibles para ser valorada como prueba de cargo. A pesar de su edad, en la vista explicó que el encausado le tenía «comido el coco» y que le pedía que no dijera nada porque «lo iba a meter en un follón».
De acuerdo con el fallo, además de diez años y medio de cárcel, la Audiencia Provincial ha impuesto al hombre la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión y oficio, sea o no retribuido, que conlleve un contacto regular y dinero con menores de edad por un plazo de 13 años y seis meses.
De igual manera, la condena recoge la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante 15 años, así como la medida de libertad vigilada por un periodo de cinco años. Además, tendrá que indemnizar a la menor en la cantidad de 10.000 euros en concepto de responsabilidad civil.
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