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Prisión por violar a su compañera de trabajo después de que tomara un somnífero

Prisión por violar a su compañera de trabajo después de que tomara un somnífero

La Audiencia Provincial de Málaga le ha impuesto cinco años y medio por agredir sexualmente a la víctima en Benahavís, donde ambos estaban en un viaje de empresa

Jueves, 19 de diciembre 2024, 00:33

Sucedió en un viaje de empresa. La víctima se había desplazado a Benahavís junto a varios compañeros y, mientras dormía tras tomar un somnífero, uno de ellos la violó. Así ha quedado probado para la Audiencia Provincial de Málaga, que ha impuesto al acusado una pena de cinco años y medio de prisión como autor de un delito de agresión sexual con penetración.

Los hechos se remontan al verano de 2021. Varios compañeros de trabajo de una empresa asentada en otra provincia se alojaron en un apartamento de alquiler situado en Benahavís, entre los que se encontraba la víctima y el hombre condenado.

La madrugada del 11 de julio, el acusado (36 años), entró en la habitación en la que dormía su compañera. Según se recoge en la sentencia, a la que SUR ha tenido acceso, él sabía que ella había tomado medicación para dormir, circunstancia que aprovechó para «satisfacer su ánimo lúbrico».

Así, de acuerdo con el relato de hechos probados, sujetó a la víctima por detrás, le quitó el pantalón del pijama y le bajó la ropa interior. Cuando la víctima se despertó, él «la agarró con fuerza para evitar que pudiera zafarse» y comenzó a agredirla sexualmente.

La joven, precisa la resolución, le pidió por favor que parara, a lo que él hizo caso omiso. El hombre, incluso, habría llegado a decirle la siguiente expresión, ante la insistencia de ella para que cesara: «No me jodas ahora».

Pese a que la sentencia reconoce que esa tarde el acusado consumió bebidas alcohólicas, precisa que ello tuvo un «impacto liviano» en sus facultades intelectivas y volitivas, por lo que era consciente de la ilicitud de sus actos. Debido a estos hechos, la mujer presenta estrés postraumático y ha estado en tratamiento psicológico.

Según recoge el fallo, el hombre tendrá que cumplir cinco años y medio de cárcel como autor de un delito de agresión sexual, en el que concurre la circunstancia atenuante de abriaguez. Asimismo, se le ha impuesto la prohibición de aproximación a la víctima durante seis años y medio, tiempo en el que tampoco podrá comunicarse con ella por ningún medio.

Igualmente, tendrá que cumplir cinco años de libertad vigilada e indemnizar a la víctima en la cantidad de 8.520 euros por los honorarios de su tratamiento psicológico, además de en la cantidad de 6.000 euros por los daños morales.

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