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La Virgen de la Cofradía del Huerto y los Desamparados de Vélez. sur
Condenado por arrancarle parte de una oreja al vigilante de una cofradía en Vélez
Sucesos

Condenado por arrancarle parte de una oreja al vigilante de una cofradía en Vélez

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la pena de tres años y medio de prisión para el procesado, que atacó a la víctima con un objeto contundente

Miércoles, 2 de marzo 2022, 18:05

Intentó colarse en el tinglao que la cofradía Huerto y Desamparados de Vélez-Málaga había instalado para guardar sus tronos durante la Semana Santa. Pese a que el vigilante de seguridad privada le llamó la atención, levantó un toldo y acabó golpeándose en la cabeza con uno de los varales, provocándose él mismo una herida en la cabeza. Desde el principio culpó al trabajador, al que acabó arrancándole parte de la oreja al agredirlo. Por ello, fue condenado a tres años y medio de cárcel, una pena que ahora acaba de confirmar el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Los hechos tuvieron lugar en abril de 2017. Era la madrugada del Domingo de Ramos cuando el procesado se presentó en el tinglao, situado en la calle Fray Julián Marcos, para visitar los tronos de las imágenes religiosas. A esa hora se encontraban allí guardados en el interior del recinto, cerrado por unos toldos.

Aunque el vigilante le advirtió que ya no se podía acceder, el acusado, haciendo caso omiso, levantó el toldo para entrar. Sin embargo, al llevar a cabo la acción, se golpeó accidentalmente la cabeza con uno de los varales de los tronos, causándose una herida inciso contusa en la cabeza, lo que le hizo sangrar abundantemente.

Culpó al vigilante

El vigilante acudió en su auxilio y avisó a los servicios médicos. Pese a ello, el condenado, un hombre de nacionalidad española y de 38 años, «muy alterado, le recriminaba no haberle advertido del peligro allí existente».

Como los servicios de urgencias se retrasaban y estaba cerca un médico, éste atendió al herido, al que notó muy enfadado y echando la culpa al vigilante. Fue este doctor quien trasladó al lesionado al hospital para que fuera asistido.

Siempre según la sentencia, en el hospital, el hombre seguía alterado y reprochando al vigilante su actitud. En Urgencias, repitió en varias ocasiones: «Se va a enterar, esto no se va a quedar así». Asimismo, insistió en que tenía prisa por marcharse porque iba a arreglar los problemas con el que le había causado la herida«.

Una vez fue dado de alta, guiado por el propósito de venganza, fue a su casa a coger el instrumento contundente -un bate de béisbol o porra de madera- para regresar al lugar en el que estaba el tinglao. Su objetivo era «agredir al vigilante, a quien obsesivamente seguía considerando responsable de lo que le había pasado».

La agresión

Al llegar, el hombre se dirigió, palo en mano, hacia el vigilante al tiempo que lo amenazaba de muerte. La víctima trató de esquivar la agresión, pero el procesado acabó asestándole un fuerte golpe en la cabeza, haciéndole caer al suelo.

En la sentencia se explica que, al caer, el vigilante impactó con uno de los varales del trono, sin que haya quedado acreditado que el procesado volviera a golpearle. Finalmente, la víctima logró levantarse y salir a la calle, donde fue auxiliado. Sufrió varias lesiones y secuelas, como la sección casi total de una oreja.

En la resolución que ha confirmado el TSJA se da por probado que el agresor, que se marchó de la zona tras los hechos, padece una patología psiquiátrica. En concreto, expone que sufre una politoxicomanía crónica y un trastorno de la personalidad con un déficit en el control de sus impulsos.

La Audiencia Provincial le condenó por un delito de lesiones y consideró que se daba la circunstancia atenuante de de drogadicción con alteración psíquica. Le impuso tres años y medio de prisión y la prohibición de comunicarse y aproximarse a la víctima durante cinco años. Asimismo, se decretó una indemnización de 30.200 euros para la víctima.

En esta última resolución, el Alto Tribunal andaluz rechaza todos los argumentos expuestos por la defensa del acusado en el recurso presentado. Así el TSJA confirma en todos los aspectos la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga.

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