Sur
Domingo, 10 de marzo 2024, 12:49
Se le conoció como 'caso Churriana' y también como 'operación Yedra' por la enredadera que se intuía detrás de la supuesta trama. La investigación, que tenía como origen un proyecto inmobiliario, salpicó incluso a la Gerencia de Urbanismo. En el banquillo se sentaron un inspector del área y el principal sospechoso, L. A. F. B., acusados de revelación de secretos en una de las piezas separadas del caso. Ambos han sido absueltos.
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La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga, consideró probado que los dos acusados mantuvieron contactos continuos durante el año 2013 en los que el inspector de Urbanismo hablaba con el empresario sobre expedientes relativos a este último. Según el fallo, el funcionario le comunicaba las fechas de las inspecciones que se le iban a realizar y le aconsejaba que no recogiera documentación remitida por el Ayuntamiento. También le recomendaba que si debía pedir alguna licencia, la solicitara otra persona en su lugar.
Tras la vista oral, la magistrada dictaminó que no había quedado acreditado que el inspector revelara «información privilegiada» ni que, por la obtención de dicha información, el empresario L. A. F. B. haya evitado la imposición de sanciones en expedientes administrativos en curso. La jueza concluyó que no existía revelación de secretos puesto que las inspecciones urbanísticas no son sorpresivas, dado que «una obra en curso es muy difícil de ocultar», y la práctica habitual es «llamar al administrado para concertar la cita de inspección».
La magistrada también argumentó que los expedientes en sí no son secretos y que sus diferentes fases han de ser comunicadas a los afectados. Además, L. A. F. B. reconoció haber sido sancionado por infracciones urbanísticas, «lo que determina que el asesoramiento que pudo recibir en ningún caso fue útil para evitar la debida continuación a término del expediente sancionador». En consecuencia, «no se ha podido acreditar el perjuicio a la causa pública, que debería haber sido tasado -de haberse demostrado- para poder fijar la pena a aplicar».
Según la representación legal del empresario, L. A. F. B. ha sido igualmente exonerado del delito de blanqueo de capitales del que venía siendo investigado en el procedimiento original, abierta por el Juzgado de Instrucción número 12 de Málaga por un delito de tráfico de drogas en el que se habían realizado diferentes intervenciones telefónicas. También se sobreseyó la causa contra él en 2018 en el caso de Lucía Garrido, la mujer hallada muerta en una piscina en Alhaurín de la Torre en 2008, crimen por el que acaban de ser condenados la expareja de esta (22 años de cárcel) y el sicario que la mató (22), según la sentencia.
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Sí que se continuó el procedimiento contra L. A. F. B. por amenazas de muerte a un tercero para que le devolviera un préstamo de 50.000 euros que le había realizado, así como por tenencia ilícita de armas en relación a una pistola Star del calibre nueve milímetros que se halló en su casa, sobre el armario, por indicación del propio L. A. F. B., que estaba presente durante el registro de su domicilio. Por ambos delitos fue condenado el empresario a un año de prisión y una multa de 120 euros, pena que quedó suspendida.
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