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Jueves, 20 de junio 2024, 14:57
Multa a Vueling. Tras una denuncia presentada por la asociación de consumidores Facua, este jueves la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha impuesto a la aerolínea una sanción de 28.000 euros. ¿El motivo? No permitir que una mujer subiera al avión alegando que llevaba un body escotado. «El machismo no les salió gratis», celebran desde la organización de usuarios en un comunicado.
Según su relato, la mujer se disponía a subir a un avión de Vueling en el aeropuerto de Mallorca con destino a Barcelona cuando una tripulante de handling de la compañía le indicó que no la aceptaban en el vuelo. El motivo: su forma de vestir. «A pesar de que varios pasajeros instaron a la agente de de handling a que la dejara acceder al avión, la compañía dejó en tierra a la afectada», indican.
¡FLIPAD! Machismo: Vueling, multada con 28.000 euros tras la denuncia de FACUA por negar el embarque a una mujer por su escote https://t.co/9GR1xOhkPZ
— FACUA (@FACUA) June 20, 2024
«Facua advirtió de que se trataba de una práctica discriminatoria con tintes machistas y recordó que ninguna normativa prohíbe expresamente la admisión de los pasajeros por su indumentaria, siempre que la misma no vaya en contra del orden público», argumentan.
Ante la actitud del personal de la aerolínea, la asociación trasladó los hechos a AESA al entender que se habían vulnerado los derechos de esta usuaria «discriminándola por su forma de vestir, dejándola en una completa indefensión delante del pasaje».
Los hechos ocurrieron en 2019 y el expediente sancionador fue resuelto en octubre de 2020, aunque no ha sido hasta ahora cuando la asociación ha sido informada sobre el resultado de su denuncia. Información que ha obtenido tras solicitarla a través del Portal de Transparencia de la Administración General del Estado.
En su resolución, la ASEA impone a la aerolínea una multa de 28.000 euros por haber vulnerado varios artículos de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea relativos a infracciones contra la seguridad de la aviación civil. También los artículos 14.2 y 4 en relación con los artículos 7, 8 y 9 del Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) nº 295/91.
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