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¿Sigues soportando llamadas spam? La Policía explica cómo bloquear números indeseados

¿Sigues soportando llamadas spam? La Policía explica cómo bloquear números indeseados

Pese a la entrada en vigor de la ley que prohíbe las llamadas comerciales sin consentimiento, son muchos los ciudadanos que siguen recibiéndolas sin saber cómo atajarlas

SUR

Martes, 14 de enero 2025, 00:06

La llamada puede entrar a la hora de la siesta, preparando la cena o en mitad de la jornada laboral. En la mayoría de los casos, las llamadas spam, esas que llegan con propuestas comerciales que no hemos buscado ni solicitado, siguen siendo una gran molestia para muchos ciudadanos. El bombardeo de llamadas spam continúa a pesar de la entrada en vigor de la Ley General de Telecomunicaciones el 29 de junio de 2023, que las prohíbe sin consentimiento previo.

La Policía Nacional, para echar un cable a los ciudadanos cansados o frustrados con esta situación, ha compartido recientemente un decálogo que puede servir para conocer de primera mano los derechos de los usuarios. A través de su cuenta en X (anteriormente Twitter), ha publicado una interesante información de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para ayudar a los usuarios a entender la normativa y ejercer su derecho a no ser incordiados con llamadas comerciales.

Según explica el documento de la AEPD, «La Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones en su artículo 66.1 refuerza las garantías de los usuarios en relación con su derecho a no recibir llamadas comerciales no solicitadas. Hasta la entrada en vigor de estos cambios, podías recibir estas llamadas si no te habías opuesto a ellas. A partir del 29 de junio de 2023 tienes las garantías que se describen a continuación», indica. Estos cambios, eso sí, «se aplican a las llamadas comerciales realizadas por una persona y no a las que se realicen con sistemas de marcación automática sin intervención humana (por ejemplo, con un mensaje pregrabado)». A continuación, el decálogo de la AEPD con las claves principales. Toma nota:

  1. 1

    Consentimiento previo

Si has dado previamente tu consentimiento podrás recibir llamadas comerciales.

  1. 2

    Relación previa con la empresa

Para que la empresa pueda justificar su interés legítimo en hacerte llamadas comerciales debes haber tenido una relación previa con ella habiendo adquirido sus productos o servicios y, además, los que quiera ofrecerte deben ser similares a los que hubieras contratado anteriormente

  1. 3

    Entidades del mismo grupo empresarial

Esta posibilidad sólo se refiere a las llamadas de la empresa con la que hayas tenido esa relación y no a otras entidades, aunque pertenezcan a su mismo grupo empresarial.

  1. 4

    Relación contractual en vigor

Si la relación contractual ya no está en vigor y no has realizado ninguna otra solicitud o interacción con la empresa durante el último año, no podrán llamarte.

  1. 5

    Derecho de los usuarios e interés de la empresa

Ojo: sólo pueden realizarse llamadas comerciales a números generados de forma aleatoria con el consentimiento previo del usuario. No pueden realizarse llamadas a estos números aleatorios basándose en el interés legítimo de la empresa, ya que no prevalece sobre el derecho de los usuarios a no recibir llamadas comerciales.

  1. 6

    Teléfono en guía de abonados

Si tu número de teléfono figura en una guía de abonados sólo podrán utilizarlo para llamadas comerciales si has dado previamente tu consentimiento expreso, que debe constar con carácter general en las correspondientes guías.

  1. 7

    Lista Robinson: evita las llamadas

Si te has registrado previamente en un sistema de exclusión publicitaria (Lista Robinson) sólo podrán hacerte llamadas comerciales si has dado tu consentimiento específico a la empresa que te llama. Si no tienen tu consentimiento, todas las empresas que realizan campañas comerciales están obligadas a consultar dichos sistemas. Si diste tu consentimiento y no quieres que te sigan llamando debes revocarlo.

  1. 8

    Llamadas a título individual

Si eres una persona de contacto de la entidad en la que trabajas podrás recibir llamadas comerciales solo para relacionarse con la entidad y no contigo a título individual.

  1. 9

    Llamadas según tu actividad profesional

Si eres un empresario o profesional liberal sólo podrán hacerte llamadas comerciales referidas a productos y servicios relacionados con tu actividad empresarial o profesional, y no a título individual.

  1. 10

    Información de la identidad de la empresa

Al inicio de cada llamada deberán informarte de la identidad de la empresa o de la persona por cuenta de la cual te llaman, indicarte la finalidad comercial de la llamada y la posibilidad de revocar el consentimiento o ejercer el derecho de oposición. Ten en cuenta que todas las llamadas deberán grabarse.

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