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Estación de la ITV del polígono El Viso. Pedro J. Quero
ITV: Siete verdades y mentiras que debes saber antes de pasar la revisión

ITV: Siete verdades y mentiras que debes saber antes de pasar la revisión

Existen muchos mitos y creencias populares erróneas sobre la Inspección Técnica de Vehículos

Rossel Aparicio

Málaga

Sábado, 16 de enero 2021, 02:11

Sin duda, para muchos conductores, la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es uno de los trámites más engorrosos a los que tiene que enfrentarse. Sin embargo se trata de una gestión imprescindible para comprobar el estado de los distintos elementos y sistemas del coche y garantizar la máxima seguridad en carretera. Precisamente sobre esta temida inspección circulan infinidad de informaciones, creencias populares algunas sin ningún fundamento. A continuación analizamos varias de esas afirmaciones más extendidas sobre la ITV: algunas son ciertas pero otras circulan de boca en boca como falsos mitos. Toma nota de las verdades y mentiras de esta revisión, te pueden ayudar a evitar alguna multa que otra.

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    Cualquier persona puede llevar el coche a pasar la inspección aunque no sea el titular

Cierto, aunque no en todas las inspecciones. Tal y como explica la sociedad pública Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A. (Veiasa), cualquier persona puede pasar la ITV a un vehículo sea o no el titular, siempre y cuando se trate de una inspección periódica (es decir, la que le corresponde al vehículo por su fecha de matriculación). «Sin embargo, en las inspecciones no periódicas (reformas en el vehículo, inspecciones previa a la matriculación, duplicados de tarjeta, etc.), tiene que ser el titular o algún representante autorizado por éste quien las realice. En este caso sí deben aportar el DNI».

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    Si no superas la ITV, puedes circular hasta la segunda revisión

No, no puedes. Según la normativa en vigor, -Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos- únicamente se puede circular para acudir a un taller y después volver a la estación para realizar una segunda revisión. «Los defectos calificados como graves son defectos que inhabilitan al vehículo para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller o, en su caso, para la regularización de su situación y vuelta a una Estación ITV para nueva inspección en un plazo no superior a dos meses, contados desde la primera inspección técnica desfavorable» (Capítulo 1, Artículo 11, apartado 2º)

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    Tener cita previa para la ITV, ¿exime de multa si la tengo caducada?

No, no te exime de una multa si la policía te para con la ITV caducada aunque tengas cita previa para la inspección, ya que, como hemos comentado en el punto anterior, un coche con la ITV caducada no puede circular por la carretera en ningún caso. Desde el sindicato UGT Andalucía recordaron esta misma semana que la multa por circular sin ITV depende del tipo de infracción. Si no se pasa en el plazo especificado, se le impondrá una sanción de 200 euros, así como circular con un vehículo con la ITV desfavorable implica una pena de 500 euros», tal y como apuntan desde el sindicato.

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    ¿Me pueden multar por tener el coche en el garaje sin la ITV?

Si el vehículo no se encuentra en la vía pública, se entiende que no participa en la circulación, por tanto, «no sería necesario tener la ITV en vigor», apuntan desde Veiasa. Sin embargo, el asunto cambia en el caso en que permanezca aparcado en la vía, en la calle, «entonces sí se considera parte de la misma y debe tener la ITV al día.Por ello, para evitar sanciones, es recomiendable dar de baja temporal el coche si tenemos la certeza de que no vamos a usarlo durante una temporada.

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    ¿Tiene que estar pagado el seguro del coche para poder pasa la revisión?

En efecto, sí. Cuando te dispongas a pasar la inspección técnica del coche debes llevar un recibo del pago del seguro para justificar que lo tienes perfectamente en regla. Así se especifica en el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, donde se establece lo siguiente: «Será condición previa a la realización de cualquier inspección técnica la acreditación del seguro obligatorio del vehículo según lo establecido en el artículo 78.2 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre». (Capítulo 1, Artículo 8, apartado 3º)

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    Si tengo la ITV caducada, ¿me cubre mi seguro en caso de accidente?

Si circulas con la ITV caducada y tienes un accidente de tráfico con daños en el coche, puedes tener problemas con la aseguradora para la reparación, independientemente de que tengas el seguro a todo riesgo. En caso de accidentes, tal y como ha apuntado recientemente el sindicato UGT Andalucía, «la mayoría de las pólizas contienen cláusulas en las se indica que si se produce un accidente y el vehículo no posee la ITV en vigor, el seguro dejará de cubrir al usuario».

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    ¿Es más fácil pasar la ITV en ciertas épocas del año?

Esta creencia es totalmente incierta ya que, independientemente de la fecha de tu revisión, siempre se van a realizar las mismas pruebas y comprobaciones. «En todos nuestros centros se realizan las mismas pruebas y con el mismo rigor técnico», insisten desde Veiasa destacando, además, es la empresa «se debe al cumplimiento del servicio público que presta, realizando su actividad con imparcialidad y en ausencia de conflictos de intereses».

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