El 41 % de las averías se presenta dentro de los dos años de garantía legal del producto, plazo en el que el consumidor puede ejercer los derechos que la ley le reconoce. Sin embargo, según un estudio realizado por la Organización de Consumidores y ... Usuarios (OCU), hasta un 40 % de los consumidores descarta la posibilidad de reparar o sustituir los productos cuando se estropean.
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Según la organización, uno de los motivos se encuentra en la falta de claridad de la documentación de las garantías que aporta el fabricante o distribuidor, incluso apunta a que, en muchos casos, «pueden llevar a engaño» y confundir a los consumidores.
El análisis llevado a cabo por la OCU se ha centrado en los cuatro productos con mayor número de problemas: aspiradoras, lavadoras, móviles y televisores. Los móviles y aspiradores son los aparatos que registran más problemas durante los dos primeros años de vida: así ocurre en un 60 % de las incidencias relacionadas con móviles. generalmente con problemas relacionados con las baterías, mientras que en el caso de los aspiradores las averías en ese periodo se incrementan hasta el 91 % de los casos, sobre todo por la batería y el motor. Pero, a pesar de ellos, el 40 % de los usuarios con incidencias descarta la opción de arreglar estos aparatos.
La OCU ha llegado a estas conclusiones tras realizar un análisis de la información online disponible relativa a la garantía de los productos de tres vendedores: Amazon, Mediamarkt y El Corte Inglés, y también de la información facilitada en las páginas web de diferentes fabricantes: Apple, Balay, Bosch, Cecotec, Dyson, Huawei, LG, Rowenta, Samsung, Sony y Whirlpool.
Ante esta circunstancia, la OCU ha elaborado una pequeña guía en la que pone el foco en los derechos que tiene el consumidor y aclara ciertas dudas que quizás lleva a los usuarios a desistir de reclamar la repación o sustitución de un artículo, incluso estando en garantía.
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Este es el plazo que establece la ley, sin embargo, algunos fabricantes facilitan online un segundo documento relativo a la garantía comercial que puede confundir al consumidor, y en el que el periodo de cobertura se suele reducir a un año. La OCU incide en que «esta garantía comercial es adicional a la legalmente establecida, de manera que en ningún caso puede restringir los derechos que la ley reconoce al consumidor» y que es de dos años.
Se tiende a pensar que el periodo de garantía es válido desde el momento en el que se compra el producto, pero no es así, se inicia una vez que se entrega. No todos los fabricantes lo indican claramente y, por ello, hay que tenerlo especialmente en cuenta cuando se realizan compras online. La OCU recomienda conservar siempre el albarán de entrega.
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Cuando el producto falla estando en garantía, el consumidor tiene derecho a la reparación del producto, pero también a la sustitución del mismo de manera gratuita. Más aún, es el consumidor el que puede elegir entre una u otra opción y no el vendedor o fabricante. «En la información facilitada por algunas marcas o distribuidores se indica la posibilidad de la reparación o sustitución para subsanar el problema, pero ninguno de ellos especifica que el usuario pueda elegir entre estas dos opciones en los términos establecidos por ley», apunta la OCU.
La única salvedad se da cuando una de las dos opciones resulte «imposible o desproporcionada». En este sentido, la OCU señala que debería definirse con más claridad lo que se considera desproporcionado y no supeditarlo a los que el fabricante o vendedor estime en un momento dado.
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En este caso, el consumidor puede pedirle al vendedor la resolución del contrato y el reembolso de la compra o una rebaja en el precio si el fallo afectara solo a parte de las funciones no esenciales del producto.
Desde que el consumidor entrega el producto para repararlo o sustituirlo hasta que se lo devuelven reparado o le entregan uno nuevo, la garantía queda en suspenso.
En este sentido, la OCU considera que la ley debería establecer la obligación del vendedor de entregar al consumidor un producto equivalente mientras el suyo está siendo reparado o sustituido.
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Un supuesto que quizás muchos desconocen es que, en el caso de productos de naturaleza duradera, el consumidor tiene derecho a un servicio técnico y a repuestos durante un mínimo de cinco años a partir de la fecha en que el producto deje de fabricarse.
Además de los derechos del consumidor, la OCU recuerda los casos en los que los no se podría reclamar la reparación o sustitución del producto, concretamente, por daños ocasionados por negligencias, golpes, uso o manipulación indebidos, virus informáticos o fallos en el suministro eléctrico, así como también los debidos a una mala instalación, o por lo que se considera desgaste por uso normal del aparato.
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Los defectos de origen o de fabrica se consideran motivo de devolución durante los primeros seis meses desde la entrega del producto. Pasado esta fecha, el vendedor o el fabricante puede alegar que el fallo viene derivado por un mal uso o un mal mantenimiento. La OCU señala que en estos casos resulta muy difícil para el consumidor probar que se debe a un defecto de origen, por lo que la organización solicita que la presunción de la preexistencia del defecto de origen no debería limitarse a seis meses, sino que debería extenderse a todo el tiempo que dura la garantía legal, es decir a los dos años en caso de productos nuevos y un año cuando son de segunda mano.
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