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El complemento ofrece una paga de entre 50 y 100 euros por cada hijo menor de edad. SUR
Cómo saber y pedir si te corresponde la nueva paga de entre 50 y 100 euros por hijo aprobada por el Gobierno

Cómo saber y pedir si te corresponde la nueva paga de entre 50 y 100 euros por hijo aprobada por el Gobierno

Comprueba si tienes derecho a percibir este complemento de ayuda a la infancia

Isabel Méndez

Málaga

Domingo, 21 de agosto 2022, 19:16

Las familias pueden beneficiarse del nuevo complemento a la infancia aprobado por el Gobierno y que ha entrado en vigor este año para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que ofrece una paga de entre 50 y 100 euros por cada hijo menor de edad.

La cantidad a recibir varía según la edad del menor: 100 euros para los niños de 3 años, 70 euros sitienen entre 3 y 6 años y 50 euros para si los hijos tienen entre 6 y 18 años.

¿Quién puede pedirlo?

Pueden tener derecho a este complemento las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del ingreso mínimo vital y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activo, según informa la Seguridad Social.

¿Cómo se solicita?

-Podrán recibir este complemento, sin necesidad de presentar ninguna solicitud:

-Los actuales perceptores del IMV.

-Los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite.

Los beneficiarios de la prestación de protección familiar que cumplan los requisitos: se trata de los beneficiarios de la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33, cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuren en el expediente de la prestación por hijo a cargo, siempre que cumplan con las condiciones necesarias para el acceso al complemento de ayuda a la infancia, y que el importe sea igual o superior que el que venían percibiendo, debiendo optar por una de las dos prestaciones.

En estos tres supuestos, se reconocerá de oficio por el INSS, en aquellos expedientes que cumplan con todos los requisitos, y con efectos económicos de 1 de febrero de 2022.

Si tiene dudas, puede realizar el simulador virtual habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para saber si tienes derecho a percibir el IMV y al que se puede acceder en este enlace.

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