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¿Cruzar un paso de peatones en bicicleta? La DGT recuerda las multas a ciclistas de hasta 1.000 euros

¿Cruzar un paso de peatones en bicicleta? La DGT recuerda las multas a ciclistas de hasta 1.000 euros

A dos ruedas también se deben cumplir una serie de normas de tráfico. De no ser así, la sanción puede ser cuantiosa

Raquel Merino

Málaga

Sábado, 1 de octubre 2022, 14:36

Desplazarse en bicicleta por la ciudad no exime a sus conductores de ser sancionados en caso de inclumplir ciertas normas de circulación. La Dirección General de Tráfico (DGT) así lo recuerda a través de sus redes sociales, donde pone varios ejemplos de ciertas actitudes que pueden acarrear multas, desde los 100 a los 1.000 euros. Así que si eres de los que prefieren las dos ruedas, atento a las infracciones a las que pueden enfrentarse los ciclistas y en qué situaciones.

Multa de 80 euros

- En carretera, cuando sea obligatorio encender las luces, los ciclistas también deben llevar una prenda reflectante para que los demás conductores puedan distinguirlos a 150 metros de distancia.

Multa de 100 euros

- En bicicletas solo se permite llevar un pasajero de hasta 7 años de edad, siempre que sea en un asiento adicional homologado y el conductor sea mayor de edad. No hacerlo implica 100 euros de sanción.

- Está prohibido circular en bici por aceras y zonas peatonales, a no ser que esté señalizado como carril-bici de uso compartido con peatones.

- En ciudad, las bicicletas deben ir lo más próximo a la derecha de la vía, dejando una separación de seguridad con el bordillo o con los vehículos estacionados. Y si van en grupo, pueden circular en columna de a dos como máximo. En carretera, tienen permitido pedalear en filas de dos, orillándose todo lo posible a la derecha de la vía. En cambio, en tramos sin visibilidad (como curvas) y cuando formen aglomeraciones no podrán circular en paralelo y deberán colocarse en hilera.

Multa de 200 euros

- Por el uso del móvil mientras se conduce, así como por llevar auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido ya que estos limitan la capacidad auditiva y pueden provocar distracciones.

- Por no llevar casco cuando es obligatorio. En ciudad, el casco protector es obligatorio solo para los menores de 16 años. Para los demás ciclistas es solo recomendable y siempre aconsejable. Sin embargo, en carretera, resulta obligatorio para todos los ciclistas con tres únicas excepciones: en subidas prolongadas, por razones médicas o con calor extremo.

- No llevar las luces en encendidas delante y detrás para ver y hacerse visibles cuando circulen de noche, en pasos inferiores o por túneles.

- No dejar pasar a los transeúntes en un paso para peatones debidamente señalizado. También deben ceder el paso cuando al girar para entrar en otra vía hay peatones cruzándola, aunque no haya paso de peatones.

- Además, «en contra de lo que muchos ciclistas piensan, las bicis no tienen prioridad en los pasos de peatones (no confundirlos con los pasos para ciclistas)», apunta la DGT. Para cruzar por un paso de peatones, es obligatorio bajarse de la bici y cruzarlo andando.

- Incorporarse a la vía sin comprobar los vehículos que puedan encontrarse cerca o que, estando lejos, puedan suponer un peligro para iniciar la marcha.

- En este mismo sentido, los ciclistas también tienen que señalizar otras maniobras como los giros, los cambios de sentido y de carril. Las señales se pueden hacer tanto con el brazo derecho, extendiéndolo horizontalmente a la altura del hombro, como con el izquierdo, doblándolo en ángulo.

- Los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando circulan por un carril bici, por un paso para ciclistas o por arcén debidamente señalizado. En el resto de situaciones, deben respetar las prioridades como establezcan las normas de circulación y las señales de tráfico.

- En carretera, los conductores de bicis deben utilizar el arcén de su derecha, en caso de que exista. Solo pueden abandonarlo en descensos prolongados en condiciones seguras.

Multa de hasta 500 euros

- Las señales de los semáforos, al igual que las verticales (stop, ceda el paso, velocidad limitada...), son para todos los conductores, incluidos los ciclistas. Saltarse un semáforo puede implicar una multa de entre 150 y 500 euros.

Multa de hasta 1.000 euros

- La tasa máxima de alcoholemia para los conductores en general es de 0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro. Esta norma también afecta a los ciclistas, que están obligados, como otros conductores, a someterse al test de alcoholemia si así se lo solicita un agente. Dar positivo puede suponer una sanción de entre 500 y 1.000 euros.

Recomendaciones

Además de las normas de obligado cumplimiento, Tráfico ofrece una serie de recomendaciones a los ciclistas, que si bien no son sancionables, ayudan a mejorar las condiciones de circulación.

Por ejemplo, la DGT aconseja a los ciclistas que adviertan de una frenada brusca moviendo el brazo alternativamente de arriba a abajo, con movimientos cortos y rápidos. «Esta es una señal aconsejable para evitar alcances, en ningún caso obligatoria, ya que requiere soltar el manillar en una reacción muy rápida», subraya.

También que circulen por los carriles bici siempre que estén disponibles y recuerda que en las glorietas, al igual que en el resto de las intersecciones, los ciclistas cuando van en grupo tienen prioridad siempre que el primero ya haya entrado en ella.

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