E. C. Archivo

Las multas de la DGT por una práctica habitual en las vacaciones de verano

SUR

Martes, 15 de agosto 2023, 13:42

Hay quienes optan por alquilar un apartamento o una casa rural; hay quienes prefieren reservar en un hotel, y hay quienes prefieren ir por libre en una autocaravana. Su uso comienza a estar cada vez más extendido y en ocasiones supone casi una segunda casa para sus propietarios. Pero, al tratarse de un vehículo, está sujeto a ciertas normativa y su incumplimiento puede acarrear multas de hasta 6.000 euros.

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Por lo general, la ley permite pernoctar dentro del vehículo, pero hay ciertos lugares en los que está prohibido dejarlo estacionado y pasar la noche. De hecho, en España existen lugares específicos para que quienes van en autocaravana puedan quedarse y estar seguros, por lo que no cualquier sitio está disponble para ello. Pernoctar en lugares donde no esté permitido puede acarrear multas. Un ejemplo bastante conocido es el de las playas, respaldado por una ley de costas, y lo mismo ocurre con zonas naturales protegidas como parques naturales. En estos casos, las sanciones económicas pueden ascender hasta los 6.000 euros.

Hasta el momento, la normativa ha sido bastante ambigua. Sin embargo, la DGT ha aclarado ciertos aspectos sobre la instrucción 08 V-74, vigente desde hace unos 15 años para los usuarios de autocaravanas, para que estos distingan mejor entre lo que se considera como simple estacionamiento y lo que se contempla como acampada o pernoctación.

Así, si la autocaravana no tiene el motor en marcha y solo las ruedas están en contacto con el suelo, sin sacar ningún estabilizador, mesa u otros elementos de apoyo, y además solo ocupa la superficie de la autocaravana cerrada sin soltar fluidos ni ruidos al exterior, se considera que está estacionada. Por lo tanto, no tendría «otras obligaciones diferentes de las que tienen el resto de automóviles de sus mismas características técnicas». En estos casos, las multas pueden oscilar entre los 30-150 euros por no respetar los límites de la zona de aparcamiento, y entre los 100-200 euros por estacionamiento indebido.

Por lo tanto, aunque los usuarios de la autocaravana estén haciendo vida dentro, mientras se cumpla con lo especificado anteriormente, se consideraría que el vehículo simplemente está aparcado y no contaría como pernoctación.

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Ahora bien, acampar solo está permitido en zonas habilitadas para ello (campings o parkings, según la normativa de cada comunidad autónoma). Hacerlo fuera de estos lugares puede conllevar una sanción de 40 euros por metro cuadrado, mientras que realizarlo en un espacio protegido puede ascender hasta los 6.000 euros, como se ha señalado anteriormente.

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