Multa de 200 euros para los peatones que crucen en rojo un paso de peatones con semáforo

Está considerada una infracción grave en el Reglamento General de la Circulación

Viernes, 19 de enero 2024, 13:06

Es práctica cotidiana, más habitual de lo que fuera deseable, pero supone infringir la normativa y eso significa que acarrea sanción. Que un peatón cruce en rojo un paso de cebra regulado con semáforo está regulado en el Reglamento General de Circulación, en su artículo 145: «Una luz roja no intermitente, en forma de peatón inmóvil, indica a los peatones que no deben comenzar a cruzar la calzada». La ley es clara y aunque la policía local no suele multarlos, lo cierto es que está tipificado como infracción grave y acarrea una sanción de 200 euros. Aunque son multas muy excepcionales, en ocasiones la Policía Local tiene que intervenir si esa imprudencia conlleva un riesgo evidente para la circulación o para el mismo viandante, por ejemplo, si va hablando por el móvil distraído.

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La cuantía de la sanción es la misma que se impone a aquellos conductores de vehículos que se salten el disco en rojo (artículo 146), si bien en su caso perdería también cuatro puntos del carné.

El Reglamento de Circulación también regula en su capítulo IV cómo debe comportarse el peatón cuando circula por una vía. En este sentido, advierte que es sancionable si no camina por el carril izquierdo en carretera o en una vía fuera de población. El objetivo es que siempre el peatón vea a los vehículos de frente mientras circula por el arcén. De lo contrario sería una temeridad y asumiría un riesgo innecesario, además de una multa de 80 euros.

También, está prohibido que los peatones vayan por autopistas o autovías, pese a que algunos se atreven a hacerlo. La sanción también es de 80 euros, al igual que si no se usa el chaleco reflectante cuando se sale «fuera de poblado» a pasear, ya que se reduce la visibilidad en ese momento entre dos luces del día.

No cruzar por un paso de peatones y hacerlo indebidamente por mitad de la carretera o cuando hay poca visibilidad también se sanciona. Al igual que si se hace a paso de tortuga sin una razón aparente. En este caso son 80 euros.

Aunque los controles de alcoholemia se asocian a los conductores, si un peatón comete una infracción y las autoridades lo consideran oportuno, puedes someter al viandante a un control obligatorio de drogas y alcohol.

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