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Iván Gelibter
Viernes, 28 de octubre 2022, 11:47
La identidad de género, el género fluido, el no binarismo y la teoría 'Queer' son conceptos prácticamente desconocidos para la mayoría, aunque estos términos aparecieron en el debate público de la noche a la mañana hace unos meses. El motivo es que el Ministerio de ... Igualdad que dirije Irene Montero (Unidas Podemos) hizo pública la llamada 'ley Trans', una propuesta que no solamente enfrenta a los dos partidos en el Gobierno, sino a buena parte de sectores progresistas que hasta la fecha habían coincidido en las reivindicaciones políticas (sobre los derechos individuales), y cuya principal novedad es que las personas podrán cambiarse el sexo en su DNI sin informes médicos o judiciales, simplemente mostrando su voluntad en un registro civil.
Pero, ¿qué abarca la ley y por qué es tan polémica? Para encontrar las razones hay que viajar al año 2007. El Ejecutivo de Zapatero aprobó entonces una ley pionera en el mundo que consistía en autorizar el cambio de nombre y de sexo de aquellas personas que no se identificaban con el que se le había asignado al nacer, pero sin necesidad de haber pasado por una reasignación quirúgica de sexo. La condición que se imponía en esta normativa era que tenía que existir un informe psicológico diagnosticando la llamada 'disforia de género', además de acreditar que se había seguido algún tipo de tratamiento en este sentido durante al menos dos años.
A partir de entonces, diferentes comunidades autónomas (entre ellas la andaluza en 2014) fueron aprobando leyes trans en sus propios territorios en las que se ampliaban estos derechos. En el caso de Andalucía, por ejemplo, una persona puede cambiarse el nombre de su tarjeta sanitaria sin necesidad de presentar ningún tipo de acreditación de que padece una disforia de género. Aun así, el gran cambio llegó en 2018, cuando la Organización Mundial de la Salud dejó de considerar la transexualidad como una patología, lo que abrió la puerta a que el colectivo reclamara la eliminación del informe médico para cambiar el sexo en términos legales.
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En concreto, esta ley ahora pone sobre la mesa el concepto de autodeterminación del género. El género es la construcción social del sexo, es decir, la forma (y los estereotipos) en la que la sociedad define a los hombres y a las mujeres, independientemente de sus genitales. De esta manera, la 'ley Trans' permitiría que cualquier persona pueda acudir a un registro civil y cambie su sexo en el DNI aunque mantenga su genitalidad, su aspecto físico y el nombre dado al nacer. Ello conllevaría, además, la adquisición de los derechos que implica ser hombre o mujer, lo que para algunas posturas contrarias al borrador afectaría directamente a la legislación específica, como la Ley de Igualdad o la de Violencia de Género; pero también a otros ámbitos como el del deporte. Estas consecuencias son justamente el origen de la polémica.
Según Mar Cambrollé, presidenta de la Asociación de Transexuales de Andalucía (ATA) y una de las impulsoras de esta ley, le nueva 'ley Trans' daría respuesta a todas las situaciones de discriminación que vive el colectivo. «La autodeterminación de género es un derecho humano», sostiene, y explica que es una herramienta legal que considera a las personas trans como sujetos de derecho. «Ahora somos sujetos tutelados, porque nuestra palabra tiene que ser acreditada por médicos o jueces. Nosotras pensamos que exigir un informe para ver si podemos cambiarnos el nombre es atentar contra nuestra dignidad», argumenta.
En el lado opuesto al colectivo trans se halla buena parte del feminismo, concretamente el que aglutina a las referentes históricas que ven un riesgo enorme la aprobación de esta ley. «Hemos planteado que las mujeres estamos discriminadas por el hecho de serlo y que hay que hacer leyes específicas. Si ahora decimos que ser mujer es un sentir, ¿en qué posición quedamos?», se pregunta Lola Fernández, enfermera y figura clave del feminismo en Málaga.
La activista recuerda que el feminismo lleva «toda la vida» luchando por abolir el género, o lo que es lo mismo, por eliminar los estereotipos que condenan a las mujeres a tener una situación de partida muy por detrás de la de los hombres. «Esta ley va en el sentido opuesto. Lo que pretende es poner el género por encima del resto de cuestiones, lo que supone un paso atrás. Ser mujer no es pintarse los labios y ponerse tacones», insiste.
Para Cambrollé, la 'ley Trans' no supone un «borrado de las mujeres» como critican los opositores, sino que son las mujeres trans las que llevan toda la vida borradas. «Esta ley repara la desigualdad anacrónica y sistemática de las personas trans. España tenía una deuda pendiente con nosotros. No nos conceden privilegios, sino que garantizan la igualdad», señala. Lola Fernández insiste en que ellas no cuestionan la libertad y el derecho de las personas a sentir lo que quieran, y que ese no es el debate. «En este país la expresión de género no está discriminada. Pero el cuerpo jurídico no puede recoger un derecho para un colectivo que va contra todas las mujeres».
• Autodeterminación de género
La ley planteada por el Ministerio de Igualdad que dirige Irene Montero (Unidas Podemos) plantea que cualquier persona mayor de 16 años puede cambiar el nombre y el sexo en el DNI sin necesidad de que medie ningún informe jurídico o médico, más allá de la simple voluntad de hacerlo. Para ello, solo habría que acudir al registro civil del municipio y realizar el trámite administrativo. En el citado documento no se especifica si esta acción se podría realizar todas las veces que una persona quisiera. En la actualidad (tras la ley de 2007), el cambio de nombre y sexo se puede hacer sin necesidad de una operación, pero sí debe existir un informe psicológico que determine la 'disforia de género' del paciente, además de haber estado en tratamiento al menos dos años.
• Cambio de género en menores
Si la nueva ley de aprobase, este cambio de nombre y sexo lo podrían realizar los menores de edad (entre 16 y 18 años) sin autorización de sus progenitores prestando el llamado 'consentimiento informado'. Entre los 12 y los 16 años también se podría hacer el cambio, aunque en este caso sí se requiere autorización.
• Tratamientos hormonales con menores
La ley plantea que se puedan empezar a usar bloqueadores hormonales desde el inicio de la pubertad para evitar el desarrollo de los pechos o de la barba. Con posterioridad se podría acceder al tratamiento hormonal cruzado (testosterona para chicos transexuales y estrógenos para chicas transexuales)
• Personas no binarias
Esta nueva ley reconoce la realidad de las personas no binarias, es decir, aquellas que no se identifican con ningún género. En el DNI no aparecería ninguna letra.
• Deporte
El borrador deja claro que las personas trans podrán participar en los eventos deportivos atendiendo a su sexo registral tras su cambio legal.
• Reproducción asistida
El documento del Ministerio avanza que las «personas con capacidad de gestar» podrán recurrir a la reproducción asistida financiada por la Seguridad Social, independientemente de su género.
• Sin retroactividad
Ninguna de estas normativas serán retroactivas, aunque sí inherentes a su nueva condición.
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