Secciones
Servicios
Destacamos
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado a ocho compañías aéreas españolas por no aceptar el pago en efectivo en sus vuelos. Desde hace tiempo, la asociación viene reclamando la eliminación de dicha prohibición, que obliga a los viajeros a realizar cualquier abono ... a bordo con tarjeta de crédito. «No han dado ese paso, con lo que desde OCU hemos procedido a dar el paso siguiente y denunciarlo a la Dirección General de Consumo correspondiente», aseguran. En concreto, las aerolíneas objeto de dicha denuncia son: Iberia, Iberia Express, Air Europa, Iberojet, Plus Ultra, Volotea, Wamos Air y World2fly.
«A pesar de lo que establecen las normas, estas compañías aéreas siguen obligando a los consumidores que hacen una compra o consumición a bordo a pagar en efectivo: esto es algo abusivo, y una clara infracción de la normativa de consumo. Por ello, hemos denunciado a las ocho compañías que siguen ignorando nuestras peticiones», argumentan. Y añaden: «Tenemos claro que mantener esa obligación además de una mala práctica comercial es una clara infracción de las normas».
Noticia Relacionada
Según recuerda la OCU, la LGDCU establece que no es posible negarse a aceptar el efectivo como medio de pago. «No hay razones que justifiquen la limitación del uso en efectivo (ni sanitarias ni de otra índole). Además, la vulnerabilidad del usuario en este caso es muy grande: si quiere acceder a algún alimento o producto a bordo, si no le dejan pagar en efectivo, no tiene más opción que la tarjeta. Esto es abusivo, y supone una infracción grave de la normativa de protección de los consumidores», defienden.
El pasado 28 de mayo entró en vigor una modificación de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios por la que se garantiza el pago en efectivo en cualquier establecimiento. Se trata del artículo 82.4 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 noviembre, que incluye como infracción «la negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal». Esta infracción es además sancionable con una multa que puede oscilar entre los 150 y los 100.000 euros, aclara la OCU. Solo existe una excepción, como especifica la propia norma, «los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal».
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Fallece un hombre tras caer al río con su tractor en un pueblo de Segovia
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.