El exprofesor de Maristas, ayer a su llegada a la Audiencia de Barcelona para la última sesión del juicio Efe

Condenan a 21 años de prisión al pederasta del Maristas de Barcelona por cuatro delitos de abuso sexual

Su caso fue el primer escándalo de este tipo destapado en el seno de un centro católico en Cataluña

Cristian reino

Barcelona

Viernes, 15 de mayo 2020, 16:44

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado la condena de 21 años y 9 meses de prisión que la Audiencia de Barcelona impuso hace un año a Joaquín Benítez, exprofesor de gimnasia del colegio de los Maristas de Les Corts de ... Barcelona por haber abusado sexualmente de cuatro de sus alumnos entre los años 2006 y 2010. El caso Benítez fue el primer escándalo de pederastia destapado en el seno de un centro católico en Cataluña. Se trata de la condena más severa dictada hasta la fecha contra un docente por abusos sexuales. Trascendió a raíz de la denuncia del padre de uno de los menores, Manuel Barbero, después de que su hijo le desvelara que había sido abusado por Benítez. Tras él, salieron a la luz casos de pederastia en los Maristas de Mataró, en la abadía de Montserrat, en la parroquia de Vilobí d'Onyar, en los claretianos de Barcelona o en los jesuitas de Sarrià, entre otros.

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«Se ratifican los hechos declarados probados en la instancia, por ser conformes a Derecho», según la sentencia dada a conocer hoy por parte del TSJC contra el recurso de Benítez. La condena, que no implicó en su día el ingreso inmediato del pederasta en la cárcel a pesar de la gravedad de los delitos, fue por cuatro delitos de abusos sexuales, dos de ellos de forma continuada. El acusado solo admitió, en el juicio, haber abusado de dos de las cuatro víctimas que le denunciaron. La Fiscalía dijo durante el juicio que por el caso Benítez había 20 denuncias, aunque solo cuatro de ellas tuvieron recorrido penal pues algunos de los delitos habían prescrito. El padre de una de las víctimas habló de 70 posibles casos.

El vicario provincial de la Orden de los Hermanos Maristas , propietaria del centro de enseñanza de Les Corts, reconoció en el juicio la existencia de «diversas quejas contra el acusado por comportamientos similares anteriores a los hechos enjuiciados». La sentencia condenó a la Fundación Champagnat, propietaria del centro, como responsable civil subsidiaria. Sin embargo, el fallo no pudo dar por probado que los Maristas encubrieran a Benítez como mantuvo la Fiscalía durante el juicio.

La sentencia concluyó que el pederasta aprovechó su condición de profesor de educación física para abusar de cuatro alumnos en varias ocasiones. Con todos ellos cometió los delitos en un despacho que disponía con camilla para tratar lesiones deportivas. Les hizo tocamientos, masturbaciones y felaciones. «Requería al alumno para que fuera a su despacho y le hacía tumbarse en la camilla», según el relato de los hechos probados de la sentencia. «Siempre sin su consentimiento, le masajeaba la espalda y aprovechaba para rozar sus genitales, sentar al alumno en sus piernas y moverse, hacerle masturbaciones, felaciones e, incluso, obligarle a practicarle penetraciones. Dichas acciones se repitieron en múltiples ocasiones a lo largo del curso», añade. A otra de las víctimas le dijo que se quitara los pantalones. Le realizó un masaje y «poco a poco fue introduciendo su mano por dentro de los calzoncillos, se los bajó y, sin el consentimiento del menor, le realizó una felación».

El TSJC concluye ahora que la prueba de cargo radicó en las declaraciones de las víctimas, que el tribunal consideró autosuficientes para alcanzar la convicción de la certeza de los hechos y que consideró recíprocamente corroboradas, al converger las cuatro «en hechos todos ellos de similar naturaleza y producidos bajo unas circunstancias muy parecidas».

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La comparación de todos los relatos permite concluir en un «modus operandi» o patrón de actuación definido del acusado, según la sentencia del TSJC, que giraba a su juicio en torno a la elección de determinados elementos y a la adopción de determinadas pautas de conducta comunes a todos los abusos, como el tipo de víctima escogido, el escenario en que se ejecutaron todos ellos, el pretexto aducido para iniciarlos y la ocasión y la forma de llevarlos a cabo. El tribunal rechaza la alegación de la defensa de que faltaban pruebas y destaca la «prueba testifical y pericial de especialistas sobre las secuelas psíquicas que los abusos sexuales suelen dejar en víctimas menores de edad y que, en no pocos casos, se mantienen e, incluso, se agravan con el paso del tiempo». Las defensas pedirán su ingreso inmediato en prisión.

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