La nueva Ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV) ofrece una ayuda mensual a las familias pensando en los más pequeños. El importe a recibir varía en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, y en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio. De este modo, por tener a su cargo menores de tres años se pueden percibir, según lo estipulado, 100 euros, mientras que para los niños de entre tres y seis años, 70 y para aquellos que tengan entre más de seis y menos de 18, 50.
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Según explica la Seguridad Social, pueden optar a este complemento las familias que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del ingreso mínimo vital y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos. Estos son:
-El 300% de la renta garantizada del IMV para su tipo de hogar.
-El 150% del umbral de patrimonio neto correspondiente a su tipo de hogar.
-Cumplimiento del test de activos (6 veces la renta garantizada).
Podrán recibir este complemento, sin necesidad de presentar ninguna solicitud:
1. Los actuales perceptores del IMV.
2. los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite.
3. Los beneficiarios de la prestación de protección familiar que cumplan los requisitos. Según explica la Seguridad Social, se trata de los beneficiarios de la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33, cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuren en el expediente de la prestación por hijo a cargo, siempre que cumplan con las condiciones necesarias para el acceso al complemento de ayuda a la infancia, y que el importe sea igual o superior que el que venían percibiendo, debiendo optar por una de las dos prestaciones.
En estos tres supuestos, se reconocerá de oficio por el INSS, en aquellos expedientes que cumplan con todos los requisitos, y con efectos económicos de 1 de febrero de 2022.
Los interesados en saber si pueden optar a este complemento, pueden utilizar el simulador habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para confirmar si se tiene derecho a percibir el IMV y al que puedes acceder aquí
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Tras responder a unas sencillas preguntas, el simulador indicará si puedes beneficiarte de este complemento aunque no te corresponda el Ingreso Mínimo Vital.
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