El aviso de Consumo sobre el principal peligro de las tarjetas 'revolving'

Se trata de uno de los productos bancarios cuyo uso se ha visto más extendido en los últimos tiempos

EP

Sevilla

Domingo, 8 de octubre 2023, 14:51

Uno de los productos bancarios cuyo uso se ha visto más extendido en los últimos tiempos son las denominadas tarjetas 'revolving', que si bien permiten una modalidad de pago flexible, devolviendo el crédito de forma aplazada a través de cuotas periódicas, su contratación y uso ... conlleva una serie de riesgos, como la eternización de una deuda, o peculiaridades que deberían conocer las personas consumidoras y usuarias.

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En este ámbito, los productos bancarios más conocidos son las tarjetas de débito o las de crédito, así como las tarjetas prepago o monedero. No obstante, esta modalidad de tarjeta 'revolving' permite a la persona usuaria contar con un dinero extra, que puede ser repuesto tras su uso a través de cuotas periódicas, es decir, sin que sea necesario abonar la totalidad de la deuda. El importe de esta cuota puede elegirlo la propia persona usuaria, dentro de unos mínimos establecidos por la entidad.

Como detalla el Banco de España, la peculiaridad de este producto es que la deuda derivada del crédito se 'renueva' con periodicidad mensual. No obstante, por un lado, la deuda disminuye con estos abonos periódicos, pero aumenta mediante el uso de la tarjeta (pagos o reintegros en cajeros), así como con los intereses, normalmente muy elevados, las comisiones y otros gastos generados, que se financian conjuntamente.

La Dirección General de Consumo advierte de que debemos tener en cuenta que, en el caso de pagar una cuota baja respecto al importe de la deuda, la amortización se realizará a un plazo muy largo, lo que puede provocar el pago de elevados intereses.

La tarjeta 'revolving', por otro lado, no permite un cuadro de amortización previo (como cuando se contrata un préstamo) al tener una deuda cambiante. Desde el Banco de España se incide en que, aunque no se le entregue a la persona usuaria un cuadro de amortización, las entidades bancarias deben detallar las operaciones realizadas (datos de referencia, fechas de cargo y valoración, tipos aplicados, comisiones y gastos repercutidos, etc.), al objeto de que se refleje la deuda pendiente de la forma más clara posible.

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De contratarse una tarjeta 'revolving', la información que exija la persona usuaria es esencial, que el banco está obligado a facilitar, por ejemplo, acerca de cantidades pagadas y deuda pendiente, tiempo estimado de amortización o sobre posibles ampliaciones del límite del crédito concedido.

El Banco de España cuenta con un simulador para conocer cómo se amortizará la deuda pendiente de la tarjeta 'revolving', atendiendo al caso concreto de cada persona usuaria. Asimismo, en la web 'www.consumoresponde.es' existe un amplio apartado explicativo acerca de los diferentes tipos de productos y servicios bancarios.

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