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El caso de la panadería de Coín acusada de homofobia al enviar una nómina con el concepto 'nómina abril maricón' a uno de sus trabajadores sigue adelante. El sindicato CGT, encargado de la defensa del empleado, asegura que la Inspección de Trabajo ha emitido informe dirigido al Juzgado de lo Social en el que las comprobaciones de los inspectores son «absolutamente tajantes en las conclusiones» en relación a la autoría del concepto y que es el empresario quién «ordenó tácitamente que había que incluir maricón». En este sentido, el becario de la entidad bancaria asegura que fue el panadero quien le indicó ese concepto, además de reiterarlo cuando le leyó el concepto sin esta palabra. Según esta versión, el empleado preguntó si incluía 'maricón' y el panadero le dijo que sí, algo que volvió a leer con la conformidad del empresario. Este trabajador añade que debido «al carácter y la personalidad del cliente» entendía que podía tratarse de «una broma entre ellos», así como que «no conoce la vida» del afectado.
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Una versión que contradice el relato de los hechos del abogado Carlos Comitre, de Ley 57, encargado de la defensa del panadero, que incluyó en un pasado comunicado ocho fotogramas procedentes de la grabación incorporada a autos por el banco como prueba de la no conversación entre el becario de la entidad financiera y el empresario. «No se ve ninguna conversación entre el trabajador del banco y el propietario de la panadería», comienza. Además, añade que no se aprecia «ninguna reacción de sorpresa» por parte del empleado del banco, «ni ningún tipo de petición de aclaración ni ninguna indicación de que se ha incluido en la operación la palabra 'maricón'». El letrado, preguntado por este periódico, coincide en «lo llamativo» de que aparezca la palabra «maricón» en la nómina de un empleado homosexual. «Entre ellos no hubo conversación, pero es llamativo que un empleado del banco hiciera caso en tal hecho», apuntó.
«El banco incluyó este concepto por algún tipo de desafortunado error inexplicable, un concepto que en modo alguno comparte esta empresa», reiteraron en dicho comunicado, donde aludieron al recorrido de esta «empresa familiar». «La panadería ha llegado a tener el reconocimiento de sus trabajadores, con independencia de su tendencia sexual, que en modo alguno ha influido en el trato que da a su plantilla».
Por su parte, el sindicato CGT también apuntó a cambios de horarios cuando el empleador conoció su orientación sexual y a un sueldo que no superaría el salario mínimo interprofesional. «Sobre eso no presentaron ninguna prueba, además es mentira. Así lo constataron sus propios compañeros en el juicio», señaló Comitre a SUR. Sin embargo, ahora, la Inspección de Trabajo de Málaga ha emitido una resolución, a la que ha tenido acceso SUR, sobre este caso. Dicha resolución refleja «la falta de registro de jornada de la plantilla y las infracotizaciones en los salarios», lo que ha permitido «ocultar horas extraordinarias no retribuidas», según asegura Miguel Montenegro, secretario general de CGT. «Deja en evidencia el fraude de esta empresa en las cotizaciones a la seguridad social de su plantilla obligándole a regularizar las liquidaciones de los últimos cuatro años mediante acta de liquidación de cuotas», apunta. Asimismo, las funcionarias han requerido a la empresa para que «cumpla la legalidad en materia de registros de jornada de las personas trabajadoras». La defensa de la panadería asegura que «no tiene idea sobre esta resolución». Además, insiste en que el sindicato «sigue haciendo publicidad de circunstancias que no tienen nada que ver con el hecho denunciado».
Cabe recordar que el Juzgado de lo Social número 5 de Málaga decretó el embargo de cuentas y de cinco vehículos por un valor de 33.000 euros a la panadería 'Semilla de Oro' ante la investigación de estos hechos, según CGT. No obstante, Comitre manifestó «sorpresa por las constantes filtraciones que el sindicato está realizando del procedimiento». Además acusaron al sindicato de ocultar que «la estimación de las medidas cautelares, recurrida por esta parte, ha sido simplemente parcial, reduciendo su pretensión inicial en un 85%». El juzgado, donde se ha presentado también la denuncia de CGT, tiene previsto celebrar la vista por este caso el próximo mes de enero.
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