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Salvador Valverde Gálvez
Viernes, 29 de marzo 2024, 00:24
Aunque la Semana Santa de Málaga de 1929 fue brillante, tal como narran las crónicas de prensa de la época, se produjo un accidente que casi acabó por ensombrecerla. El 29 de marzo, Viernes Santo, los malagueños y visitantes pudieron ver por las calles de ... la ciudad a las hermandades del Descendimiento, del Amor, de la Piedad, de la Soledad, de Servitas y Santo Sepulcro. Precisamente, esta última hermandad citada protagonizó un «suceso que pudo tener peores consecuencias» (La Unión Mercantil, 30/03/1929). Las tuvo.
Al desembocar en la Alameda Alfonso XIII, actual Alameda Principal, por la calle Torregorda, una de las esquinas del palio del trono de Nuestra Señora de la Soledad se enganchó con los cables de la red eléctrica del tranvía. Mayordomos de la Virgen y hombres de trono reaccionaron pronto cuando oyeron los gritos de la concurrencia y de que algo resistía el avance del trono. Aun así, «aunque evitó consecuencias peores» (El Cronista, 31/03/1929) fue tarde, porque el poste deteriorado en la base, que estaba en la esquina de la calle antes citada, se partió cayendo encima de Antonio Sanabria López -en las crónicas encontradas referente al juicio, se refieren con el apellido Sánchez en vez de Sanabria-. A este malagueño, de 38 años que vivía en el número 28 de la calle Pozo del Rey, desafortunadamente le impactó el poste en la cabeza cuando intentaba cruzar la calle para ponerse a salvo. Debido a su pérdida de conciencia, se pensó que había muerto al instante. Cuando algunos mayordomos de la hermandad, agentes de la autoridad y personas cercanas al herido se dieron cuenta de que estaba inconsciente, y no fallecido, rápidamente se lo llevaron en automóvil a la casa de socorro del Hospital Noble. Allí certificaron la gravedad de su estado. El parte médico aseguró que tenía una «herida contusa desde la región parietal izquierda a la occipital, de quince centímetros de extensión y conmoción cerebral. Pronóstico Grave». Desafortunadamente falleció después de ser trasladado al hospital.
El accidente pudo tener más consecuencias, «siendo realmente milagroso que no registrasen múltiples desgracias» (El Cronista, 31/03/1929). Cuando los cables eléctricos cayeron al suelo, estos emitieron chispazos eléctricos con el peligro de poder alcanzar y electrocutar a los presentes que corrían muy asustados en todas direcciones. Debido a los atropellos del gentío, resultaron heridos levemente Antonio Montes Luque (El Cronista lo apellidó Martín en vez de Montes), Manuel Nebro Ferrer (El popular publicó el apellido Fernández en vez de Ferrer), Juan Román García, Eusebio González Muñoz (El Popular no lo nombra pero sí a otro hombre llamado Antonio Garrote Muñoz) y el niño José Romero García, que también lo trasladaron a la casa de socorro antes citada.
Tal como narra la crónica de La Unión Mercantil del día siguiente de los hechos, «la procesión, ordenada prontamente, continuó su recorrido con toda normalidad e idéntica brillantez». Momentos después llegaron al lugar del siniestro varios trabajadores de la empresa de tranvías que arreglaron los daños «colocando el poste en su sitio y empalmando los cables» (El Cronista, 31/03/1929).
Aunque el accidente resultó finalmente mortal, se restableció la calma y continuó el «extremadamente suntuoso y magnífico desfile» de la Hermandad, que estuvo muy acompañada por diferentes personalidades. La Unión Mercantil publicó el listado de la presidencia:
«En representación de S. M. el Rey (q. D. g.), el coronel del regimiento de Borbón, Sr. Alonso, sustituyendo al gobernador militar, que se halla enfermo; el Sr. Obispo de la Diócesis, el ministro de Justicia y Culto, el gobernador civil, general Cano Ortega; el delegado de Hacienda, Sr. Soriano; el teniente alcalde, Sr. Córdoba, en representación del alcalde; el presidente de la Excma. Diputación provincial, Sr. Peralta; el comandante de Marina, el penitenciario don Antonio García y García; y representaciones de todos los Cuerpos, institutos y dependencias militares de la plaza, así como nutrida comisión de concejales bajo mazas».
La autoridad judicial de la Alameda, que estaba de guardia, practicó las diligencias correspondientes después de terminar las procesiones por la Alameda.
El juicio se celebró el 25 de enero de 1932. Francisco Canales Sancha, Julio Kind Muñoz, Manuel Muñoz Moreno y Mauricio Soisolier Dubvis, eran los procesados «acusados de un delito de homicidio por imprudencia» (Amanecer, 26/01/1932). En la publicación de El Cronista del mismo día, cambia los apellidos Sancha por el de González, Kind por el de Kund y Solisolier Dubvis por el de Goisolier Dubois; además, equivocadamente, El Cronista, en su resumen de los hechos publicó que ocurrió el 27 de marzo en vez del 29. En la publicación de El Popular de ese mismo día, cambia el apellido Sancha por el de Sánchez, el apellido Kind por el de Reins, y los apellidos de Mauricio que publicó fueron los de Sovolir Dubois.
Desconocemos los motivos exactos por el cual estaban procesados; la noticia de la sentencia de La Unión Mercantil afirma que tres de ellos eran trabajadores de la hermandad del Santo Sepulcro, sin más detalles. Según la publicación de Amanecer, el fiscal pidió para cada uno la pena de seis meses de prisión, 25.000 pesetas de multa y 500 para los herederos de la víctima. El acusador privado de la familia, el señor Baeza Medina, pidió un año, seis meses y un día, más 1.500 pesetas de indemnización a los herederos. Pero otra vez hay errores entre publicaciones, porque según El Cronista son 5.000 pesetas lo que el fiscal pidió para los herederos del interfecto, un día más de prisión y 15.000 pesetas por parte del acusador privado -estas peticiones tenían más lógica, sobre todo por la diferencia en las cantidades publicadas en Amanecer de la multa de 25.000 pesetas respecto a la de la indemnización-. Y refiriéndonos a cantidades, El Popular publicó que el fiscal pidió 23.000 pesetas, y coincide con El Cronista en las 5.000 pesetas de indemnización. Realmente, con tanta información diferente de los rotativos, no nos queda más remedio que hacernos una idea de lo solicitado por cada uno de los letrados.
Los señores Alejando Pérez Villegas, Pérez de la Cruz y Serrano, abogados de los procesados, no estaban de acuerdo con la implicación en el suceso de sus clientes y, por lo tanto, solicitaron la libre absolución con todos los pronunciamientos favorables. La sentencia se conoció el 8 de febrero de 1932, absolviendo a los tres trabajadores de la hermandad del Sepulcro «declarando las costas de oficio» (La Unión Mercantil, 09/02/1932). No hay información al respecto del cuarto procesado, pero a saber si es otro error de publicación. La noticia del veredicto de La Unión Mercantil no se ha podido contrastar con las de los demás rotativos citados porque de ellos no se conservan ejemplares de ese día ni en el Archivo Legado Díaz de Escovar ni en el Archivo Municipal de Málaga, de donde se han consultado los ejemplares para la realización del presente caso.
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