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Al igual que pasó con el conflicto de los taxis y los VTC respecto a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (STJUE) de 8 de junio de 2023 (donde algunos echaron las campanas al vuelo clamando los taxis habían perdido frente ... a los VTC), con la reciente STJUE de 21-12-23, parte de la prensa deportiva y los equipos interesados han proclamado que ha ganado la llamada 'Superliga'. El proyecto de la Superliga cuestionaba el modelo de fútbol donde los méritos deportivos determinan la progresión de cada equipo, frente al modelo propio de EEUU, con algunas ligas cerradas y equipos con plaza garantizada. Esta nueva configuración de la liga europea elimina la incertidumbre de los descensos, incentivado la alianza entre poderosos inversores que son dueños de equipos importantes y clubes que sin estar en manos de accionistas, ven aquí una oportunidad para salir de dificultades económicas. El Proyecto de la Superliga ha sido impulsado por ESLC, sociedad constituida por iniciativa de un grupo de clubes de fútbol profesional establecidos en España (Atlético de Madrid, Barcelona y Real Madrid), en Italia (Milan, Milano y Juventus) y en el Reino Unido (Arsenal, Chelsea, Liverpool, Manchester City, Manchester United y Tottenham), y pretende poner en marcha un proyecto de nueva competición internacional de fútbol profesional apoyaba en un acuerdo de accionistas e inversión que preveía un conjunto de contratos cuyo objeto sería precisar las condiciones con arreglo a las cuales estos clubes debían ceder a ESLC sus derechos audiovisuales o comerciales sobre esta competición y la contraprestación por esa cesión.
El litigio ha llegado a la justicia europea como consecuencia de una acción mercantil ejercitada por ESLC ante el Juzgado de lo Mercantil nº 17 de Madrid y dirigida contra la FIFA y la UEFA, debido a que en 2021, la FIFA y las seis confederaciones continentales reconocidas por ella, entre las que se encuentra la UEFA, publicaron una declaración manifestando su negativa a reconocer la Superliga y advirtiendo además con sanciones. Pues bien, el TJUE, partiendo de que cuando la práctica de un deporte constituya una actividad económica, quedará regulada por las disposiciones del Derecho de la Unión, declara que las asociaciones responsables del fútbol en los ámbitos mundial y europeo, la FIFA y la UEFA, podrán supeditar a su autorización previa la creación, en el territorio de la Unión, por una tercera empresa, de competiciones de fútbol de clubes, con procedimiento que permitan garantizar su carácter transparente, objetivo, no discriminatorio y proporcionado, para evitar que esta facultad se utilice de manera arbitraria.
Por tanto, la STJUE de 21-12-23 no ha dado la razón a la Superliga; al contrario, impone valores difícilmente compatible con los inspira este proyecto empresarial, pero si es una seria advertencia a la FIFA y la UEFA para erradicar cualquier atisbo de arbitrariedad en sus actuaciones, imponiendo criterios de transparencia, objetividad, no discriminación y proporcionalidad, todo sobre la base de los principios que nunca debe abandonar el fútbol, aunque sea profesional: apertura, mérito y solidaridad.
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