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La tesis gubernamental para justificar la reforma del delito de sedición es que en algunos países europeos actos similares se castigan con penas más leves. Pero más allá del ventajismo político que supone legislar en beneficio de un socio de gobierno, una especie de filibusterismo ... en sentido inverso, se podría interpretar como una especie de vuelta de tuerca a los indultos de los sediciosos condenados por el máximo tribunal. Sin olvidar que sería una invitación a repetir el desafío al Estado de 2017 y la fallida proclamación de la república catalana. «O tornarem a fer», han repetido los protagonistas. La ministra Pilar Llop sostiene que España debe homologar este delito a su regulación en otros países europeos ya que estima que las penas de nuestro Código Penal son desproporcionadas. El interrogante es si los hechos que juzgó la Sala Segunda del Supremo tienen o no algo que ver con aquellos con los que se quiere homologar de la legislación de otros países. Porque, en realidad, esas penas más leves en países como Alemania, Italia o Portugal se refieren a conductas de resistencia a la autoridad o manifestaciones ilegales o tumultuosas.

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diariosur ¿Sedición o tumulto?