ANTONIO DIEGO PELÁEZ. DIPUTADO CUARTO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE MÁLAGA Y RESPONSABLE DE LA COMISIÓN NORMATIVA
Martes, 18 de febrero 2025, 01:00
Sin perjuicio de la abundancia de viviendas turísticas que invade el Centro de la ciudad de Málaga, y de que presenciemos a diario cómo los ... precios de los alquileres se disparan en algunas zonas, un informe emitido por la Oficina del Derecho a la Vivienda de esta ciudad pone en la palestra un problema archiconocido por todos: la preocupante subida de la ocupación ilegal que, en solo cuatro años los casos han aumentado un 327%, pasando de 115 en 2019 a 492 en 2023. Esta realidad, a estas alturas insostenible, se compadece con la falta de respuestas eficaces tomadas hasta ahora por parte del legislador.
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Desde hace años, nos encontramos con una grave inseguridad jurídica para poder afrontar cuál debe ser la forma de proceder ante la comisión de un delito que afecta, ni más ni menos, que a uno de nuestros principios constitucionales: el respeto a la propiedad privada. Los profesionales del derecho y la sociedad en general, se quedan boquiabiertos al comprobar cómo el poder legislativo actúa de una manera tan inoperante. Parece evidente que los políticos pretenden trasladar al ciudadano de a pie el peso de su responsabilidad, que no es más que promover las políticas necesarias para que todos tengan acceso a una vivienda, como así ha establecido el Tribunal Constitucional en su labor interpretativa de la Constitución Española.
Nadie puede entender, ya sea o no profesional del derecho, el tratamiento desigual de la ocupación respecto al de otros delitos. Valga el siguiente ejemplo, cuando a un ciudadano se le roba un reloj, se procede a la detención del autor, se le retira el reloj y se le entrega al legítimo dueño; sin embargo, en el delito de ocupación, desgraciada e inexplicablemente no pasa eso, aunque el delito sea flagrante (según establece el Código Penal, se entiende por flagrante mientras se esté cometiendo), al ocupa se le deja estar dentro de la vivienda, se le permite poseer y disfrutar de una vivienda sin título alguno ¿por qué? ¿por qué no al que se apropió del reloj? Y lo peor no es eso, lo peor es que nadie sabe cuál es el método en derecho más efectivo para que el legítimo propietario recupere su vivienda, es decir, recupere su propiedad, en definitiva, para que funcione el estado de derecho.
Derivado de esa falta de regulación, hace poco el Ayuntamiento de Málaga alertó del drama que supone para familias necesitadas la imposibilidad de entrega de viviendas sociales que les han sido adjudicadas al cumplir con los requisitos establecidos, al estar ocupadas, existiendo aproximadamente 160 pisos en estas condiciones (al margen de inquilinos morosos).
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Es necesario reformar el marco legal para facilitar respuestas rápidas y efectivas. Desde el Colegio de Abogados de Málaga, en unión con los colegios de Barcelona y Madrid, presentamos una propuesta de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (ya lo hicimos hace dos años a través de un congreso de ocupación ilegal, inaugurado por la ministra de Justicia, donde todos los políticos que pasaron por allí manifestaron su preocupación, pero finalmente las cosas se quedaron como estaban). Esta propuesta pretende que los jueces de instrucción puedan ordenar el desalojo de los ocupas en un plazo de 48 horas si estos no pueden demostrar un título de posesión legítimo. Por otro lado, se intenta eliminar la competencia del Tribunal del Jurado en casos de allanamiento de morada para agilizar los procesos judiciales, lo que, se lleva criticando por la doctrina desde hace muchos años.
En el ámbito civil planteamos una modificación importante, que los presidentes de las comunidades de propietarios ostenten la suficiente legitimación para que, cuando se estén produciendo este tipo de situaciones, puedan demandarlas en el juzgado. Esto ofrecería una posible solución a aquellas comunidades de propietarios que vienen soportando los perjuicios, que como es público y notorio, muchos ocupas irrogan y que se pueden llegar a convertir la convivencia en un infierno.
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No existe razón alguna para que los partidos políticos no escuchen esta propuesta, y den luz verde a la reforma. Es simple y llanamente sentido común.
Desde la comisión normativa del Colegio de Abogados de Málaga nos ocupamos de la preparación de propuestas legislativas, de enmiendas a las leyes que ya se han propuesto, y de tratar de aunar criterios jurisprudenciales.
Actualmente estamos trabajando en varios temas apremiantes como éste de la reforma del tratamiento de la Ocupación ilegal (incluida la denominada inquiocupación). Del mismo modo, estamos dedicando un importante esfuerzo para tratar de conseguir la inclusión del trabajo realizado por los letrados en el turno de oficio dentro del cómputo de la base de cotización de la Seguridad Social.
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Pretendemos obtener seguridad jurídica para los abogados y justiciables en lo que se refiere a la determinación de honorarios en las tasaciones de costas y procedimientos de cuentas del abogado. (La CNMC ya ha declarado que el art. 6.2 de la L.O. 5/2024 del 'Derecho de Defensa' no permite la utilización de baremos de honorarios); y, por último, reformar las legítimas en las herencias.
Trabajamos para que el paso que pretendemos dar en lo que a la ocupación ilegal se refiere, sea el primero de otros muchos.
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