A la vista de los últimos acontecimientos, da la sensación de que Pedro Sánchez proyecta un plan genuino de continuidad que aún no refleja el horizonte político electoral. La Constitución de 1978, el gran consenso democrático nacional, optó en su diseño institucional por llamar «presidente» ... al jefe del Consejo de Ministros, en nuestro entorno -tanto en regímenes monárquicos como republicanos- se denomina a esta figura «primer ministro». Ello tiene muchas utilidades, en las monarquías parlamentarias democráticas porque refleja muy claramente la jerarquía, entresacando al líder gubernamental nombrándolo el primero del resto, pero titulándolo como uno como ellos, los ministros. En las repúblicas es así para evitar contraposición o malentendidos entre dos igual denominados -presidente cada uno de lo suyo, república o gobierno-, ello independientemente de que el presidente de la república tenga carácter ejecutivo o no. En ambos casos hay también una razón para no tildar de presidente al jefe de gobierno, ya que no hay elección directa, que sí la hay para presidente de la república que se trate, como también para los legisladores. En España, visto lo visto, primer ministro habría sido denominación suficiente, la que mejor describiría el carácter, rango o categoría; más acertado y más didáctico, pues salvaría que algunos titulares llegasen o lleguen a confundir su constitucional y ajustado papel. En cualquier caso, una cosa es el nombre del cargo y otra su contenido o funciones. El Presidente del Consejo de Ministros o del Gobierno de España -elegido por el Congreso de los Diputados, elección indirecta por tanto- es el primer ministro y su rol y competencias son los propios de los primeros ministros de los países aledaños democráticos y constitucionales.

Publicidad

Esta auténtica ofensiva que hoy vivimos para salvaguardar o sobreproteger la figura de presidente de gobierno empieza por lo protocolario, intentando suplantar al Rey ya en muchas ocasiones, y continúa con el abuso de la institución del derecho de gracia o indulto. También con la suspensión de los efectos de la ley de transparencia para el presidente del gobierno en el informe sobre el anteproyecto de ley de modificación de la correspondiente de seguridad nacional. Este informe contiene extrañas piezas muy discutibles respecto de nuestros derechos y libertades constitucionales que, en todo caso, habrá que visualizar, aclarar y matizar. Acreditados estudiosos apuntan precautoriamente a la famosa y nefasta ley de Defensa de la República de octubre de 1931, derogada por sus grandes excesos en agosto de 1933.

La democracia es a veces muy incómoda, pues hay que presentar cuentas, asumir responsabilidades y ser transparentes. Por eso lo excepcional es y debe ser siempre rareza, anormalidad, extraordinario, insólito y esporádico. La Constitución así lo consagra por encima de las pseudoprácticas o tentaciones ingenieriles de burlar su espíritu y hasta su letra por la puerta de atrás. Sánchez se alió para llegar con los que siempre negó hacerlo jamás, ha incumplido la mayor parte de sus compromisos y ayer prescindió más que inesperadamente de una gran parte de sus más cruciales colaboradores, ¿sacrificará para blindar su cargo a la propia Constitución?

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €

Publicidad