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La libertad de expresión de los jueces

A CADA UNO LO SUYO ·

Domingo, 12 de junio 2022, 11:23

Don José Luis Concepción, presidente del TSJ de Castilla y León, afirmó hace más de un año que «la democracia española se pone en solfa desde que el Partido Comunista forma parte del Gobierno». Este señor no tuvo bastante con aquello y hace unos días ... volvía a la carga en una entrevista en la prensa, donde dejaba perlas como las de igualar al PCE con el partido nazi. No se ha dado cuenta de que la presidencia de un Tribunal Superior de Justicia exige una responsabilidad institucional, incumplida de manera notoria con afirmaciones de ese calado. Es más, ha vulnerado de manera manifiesta algunos de los 'Principios de Ética Judicial' aprobados en su momento por el CGPJ, entre otros, aquel por el cual el juez ha de comportarse y ejercer sus derechos en toda actividad en la que sean reconocibles como tales de forma que no comprometan o perjudiquen la percepción que, en un Estado democrático y de Derecho, tiene la sociedad sobre la independencia del Poder Judicial (9) o el que establece que en su relación con los medios de comunicación el juez puede aportar sus reflexiones y opiniones, pero a la vez deben ser prudentes para que su apariencia de imparcialidad no quede afectada con sus declaraciones públicas (19). Los integrantes de la carrera judicial, obviamente, pueden ejercer la libertad de expresión en las redes sociales y en los medios de comunicación, pero lo tienen que hacer con los límites de la prudencia, la moderación y la neutralidad política. Si estos parámetros básicos son conculcados por un juez, y en este caso con responsabilidades muy importantes, se genera en los ciudadanos desconfianza en el sistema judicial. El Sr. Concepción tiene derecho a cuestionar aspectos concretos de nuestra realidad sociopolítica, pero olvida que el juramento o promesa que tuvo que prestar para el acceso a la judicatura no es un mero ritual, implica un compromiso público y solemne con el núcleo básico del orden constitucional, en el cual se encuentran, sin duda alguna, los valores del art 1 de la CE, y entre ellos, el del pluralismo político.

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