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¿Ley mordaza?

Domingo, 8 de octubre 2023, 02:00

Recuerdo que hace años, recién aprobada la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana, la llamada 'Ley mordaza', tuve el placer de impartir una ponencia sobre esa ley en las Jornadas por el Diálogo, organizada por la Asociación Profesional de la Magistratura. ... Frente a las críticas feroces que recibía, expuse que a pesar de la redacción de determinados preceptos, manifiestamente mejorables, no compartía que fuera una ley esencialmente represiva y destinada al frontal rechazo del TC. La anterior Ley Orgánica 1/1992 (la también apodada 'ley de la patada en la puerta') recibió una declaración de inconstitucionalidad en el art. 21. 2, aquel que permitía la entrada y registro en domicilio en los casos de delito flagrante reflejado en el conocimiento fundado por parte de la policía que les llevara a la constancia de que se está cometiendo o se acaba de cometer alguno de los delitos recogidos en el precepto, siempre que la urgente intervención de los agentes fuera necesaria para impedir la consumación del delito, la huida del delincuente o la desaparición de los efectos o instrumentos del delito. Pues bien, se declaró la inconstitucionalidad y nulidad de ese apartado 2 por STC 341/1993 (junto a un inciso del art 26). Es decir, el Estado de Derecho funcionó y, con esas salvedades, esa ley rigió la materia durante bastantes años. Eso es lo que quería transmitir en esa ponencia, que más allá de apodos a un texto normativo, no había que caer en el catastrofismo de pensar que mentes perversas habían diseñado una vuelta a la vieja Ley 45/1959 de orden público, franquista hasta la médula, y que nunca podría convivir con una sociedad democrática.

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