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A cada uno lo suyo

Aquí cabemos todos

Domingo, 22 de octubre 2023, 02:00

Recientemente el Sr. Abascal ha afirmado que «la única alternativa posible es ilegalizar los partidos separatistas que son tolerados a pesar de que intenten atacar el fundamento de la Constitución». Creo que con esa postura, Vox se aleja de nuestro vigente régimen de partidos políticos, ... que son «expresión del pluralismo político, contribuyen a la formación y expresión de la voluntad popular y son un instrumento esencial para la participación política» (art 6 de la CE). Podemos asociarnos para múltiples fines (culturales, sociales, recreativos, religiosos, laborales..), pero nuestro ordenamiento constitucional ha querido resaltar el papel de los partidos políticos, que no dejan de ser una manifestación específica del derecho de asociación. Los partidos adquieren especial relevancia en las elecciones (candidaturas, campañas electorales), y en la actividad posterior de los cargos electos en las Cortes Generales, asambleas parlamentarias de las CC AA y plenos de las entidades locales). Por todo lo señalado, no hay democracia pluralista sin partidos políticos, y su creación, organización y funcionamiento, se deja a la voluntad de los afiliados fuera de cualquier control administrativo, sin perjuicio de la exigencia constitucional del cumplimiento de determinadas pautas en su estructura, actuación y fines (STC 85/1986, de 25 de junio, FJ 2). En cualquier caso, y como señala la STC 48/2003, en nuestro ordenamiento no tiene cabida un modelo de «democracia militante» en el que se imponga, no ya el respeto, sino la adhesión positiva al ordenamiento y, en primer lugar, a la Constitución (ya que todo su contenido puede ser objeto de reforma constitucional). Una cosa son los fines proclamados por un partido (y solo están vetados los que incurren en el ilícito penal), y otra sus actividades. Por eso la Ley Orgánica 6/2002 contempla como causas de ilegalización solo conductas concretas (las recogidas en su art 9), y no los fines recogidos en sus programas. Eso explica que en España, la Sala Especial del TS en una sola ocasión haya acordado ilegalizar a una formación política (Batasuna, en 2003).

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