Borrar

¿Blindaje de acero?

A cada uno lo suyo ·

Discrepar y rechazar una actuación del monarca es compatible con nuestro sistema constitucional

Domingo, 8 de septiembre 2019, 09:51

En la sociedad española, como claro reflejo de un sano ejercicio de pluralismo democrático, conviven posiciones diferentes sobre la monarquía; algunos la consideran una institución a mantener por razones históricas y de eficacia institucional y otros (entre los que me incluyo) consideran un anacronismo el mantenimiento de una forma política en la que la jefatura del Estado se determina por razones estrictamente genéticas, y con ausencia absoluta de legitimidad democrática en tan alta institución del Estado. La libertad de expresión admite los posicionamientos en los dos sentidos antes expuestos, y en cualquier caso nada es inmutable, en la medida en que la propia Corona es susceptible de reforma constitucional en aras a una República como jefatura del Estado, eso sí, mediante un procedimiento difícil, pero no imposible de aprobar (mayoría de dos tercios de cada Cámara, disolución inmediata de las Cortes, ratificación de la decisión por las Cortes elegidas y aprobación del texto por mayoría de dos tercios de ambas cámaras, y por último, referéndum para su ratificación) . Pero una cosa es que la Constitución (CE) vigente consagre la monarquía y blinde en exceso al monarca, y otra es que esté vedada cualquier crítica legítima a la institución y a la actuación de su titular. Cuando la CE establece que «La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad» (art. 56.3) se 'pasó' en el blindaje, ya que la inviolabilidad alcanza a la persona del Rey no sólo como jefe del Estado, sino en cualquiera de sus actos; por tanto, nos encontramos ante una exoneración total de responsabilidad en todas las vertientes (penal, civil, laboral o administrativa). Hay otros modelos más racionales, como el que refleja la Constitución italiana, que limita la irresponsabilidad del presidente de la República a los actos realizados en el ejercicio de sus funciones. El TC, en una sentencia de 17 de julio de este año, ha dado otra vuelta de tuerca a este blindaje, llevando la inviolabilidad a una extensión que en mi opinión choca con la misma CE, cuando anula parte de una mera declaración institucional (Resolución 92/XII del Parlamento de Cataluña), entre la que se encuentra la del siguiente tenor literal: «d) Reafirma el compromiso con los valores republicanos y apuesta por la abolición de una institución caduca y antidemocrática como la monarquía». No entiendo qué hace todo un TC metiéndose en estos berenjenales (ya en su día el Consejo de Estado cuestionó que el TC fuera competente para conocer de resoluciones sin efectos jurídicos, como es este caso), pero más preocupante resulta la fundamentación de esta decisión: la «inviolabilidad preserva al rey de cualquier tipo de censura o control de sus actos» y el rechazo y condena por el Parlament de la intervención del Rey en el «conflicto catalán» es «un juicio de valor que es contrario a la configuración constitucional de la Institución de la Corona».

Discrepar y rechazar (tanto a nivel individual como institucional) una actuación del monarca (o la propia monarquía) es compatible sin duda alguna con nuestro sistema constitucional, ya que estas censuras no implican consecuencias jurídicas de ningún tipo; además, si un parlamento autonómico puede plantear propuestas de reforma de la CE en la línea de cambiar el Título II (la Corona), ¿cómo es posible que se cuestione la constitucionalidad de la expresión pública de sus razones? ¿Blindaje de acero?

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariosur ¿Blindaje de acero?