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Mazón, en Les Corts. Efe
La Justicia inadmite las querellas y denuncias contra Mazón por la gestión de la DANA

La Justicia inadmite las querellas y denuncias contra Mazón por la gestión de la DANA

Los magistrados no aprecian en estos momentos los indicios sólidos y fundados de criminalidad contra el aforado que exige la jurisprudencia del Supremo para declarar su competencia sobre la causa

A. Rallo

Valencia

Lunes, 23 de diciembre 2024, 11:58

El Pleno de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha dictado un auto en el que acuerda inadmitir las tres querellas y las cuatro denuncias interpuestas contra el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, por la gestión de la Dana, tal y como había solicitado el Ministerio Fiscal.

La Sala, que ya había acumulado mediante una providencia esas denuncias y querellas en una misma causa, aplica en su resolución la jurisprudencia del Tribunal Supremo según la cual se exige la presencia de «indicios cualificados contra personas aforadas para no sustraer las investigaciones de su ámbito primario natural».

Los magistrados no aprecian en los relatos de hechos «plurales» y de «procedencia diversa» que realizan los denunciantes y querellantes indicios «objetivados que con consistencia o solidez» que puedan llevar a declarar la competencia del Alto Tribunal valenciano para investigar al aforado en esta sede jurisdiccional en estos momentos.

Coincide el Tribunal con el informe de la Fiscalía en que las imputaciones realizadas, en su mayoría relativas la omisión de decisiones que hubieran evitado o mitigado el fatal resultado por el número de fallecidos, derivan de una «relación causa/efecto» y una atribución de responsabilidad penal que atiende exclusivamente al resultado, «al margen de la concreta intervención de los denunciados que, a día de hoy, no consta singularizada».

«La Sala no es insensible a la tragedia ocurrida. El punto de partida, deberes inexcusables de las autoridades que en sus respectivos campos de actuación han de adoptar las medidas preservar a los ciudadanos del riesgo de inundaciones como las vividas, y el punto de llegada, personal y materialmente aterrador, no son controvertidos», recoge el auto.

Sin embargo, «ninguno de los actos iniciadores que se han descrito en los antecedentes de esta resolución ofrecen ese cuadro indiciario de cierto nivel que se precisa para asumir nuestra competencia», precisa a continuación.

La Sala opta por remitir a los querellantes contra Carlos Mazón por la gestión de la dana a un juzgado ordinario. Los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal aceptan de esta forma la tesis de la Fiscalía que defendía que la investigación debía comenzar en un juzgado ordinario y sólo si se encuentran indicios de criminalidad contra el aforado, elevar el asunto al TSJ.

El contenido del auto era la previsible. De hecho, el TSJ no es un órgano pensado para instrucciones, menos todavía, para una de la magnitud de esta catástrofe. Son los juzgados ordinarios los más preparados para esta tarea. Cuentan no sólo con los medios sino con la experiencia diaria. Tras una investigación, si el juez considera que existen indicios contra, de momento, el único aforado que señalan las querellas -la investigación podría ampliarse a otros implicados-, elaboraría una exposición motivada, una especie de resumen de la causa donde se recogen los principales indicios. El fiscal también informa sobre la conveniencia de elevar la causa o no. Pero este hipotético escenario queda, de momento, lejos.

Otra incógnita es saber qué juzgado se quedará definitivamente con la causa. Existen numerosos procedimientos en marcha en varios partidos judiciales -los 223 fallecidos se reparten entre varias localidades de l'Horta Sud- y, de momento, se ignora cuál fue el primero en incoar unas previas. También hay denuncias presentadas en Valencia. Se trata de una situación inédita hasta la fecha y que da idea de la descomunal emergencia.

Las querellas presentadas hasta la fecha son siete, según informó en su momento el TSJ. La primera fue la de la organización Iustitia Europa. A este primer escrito se le sumaron más denuncias de otras organizaciones y abogados a título particular. Otra de las más destacadas es la del sindicato CGT que interpuso una querella contra Mazón por un delito contra los trabajadores.

De momento, no han llegado escritos de los dos grandes partidos políticos. El PSPV lo ha descartado, mientras que Compromís sigue trabajando en la recopilación de información antes de dar el paso. Se ignora si apuntará también a otros dirigentes nacionales lo que daría la competencia al Tribunal Supremo o limitará las responsabilidades al ámbito autonómico.

Al margen de las acciones en el TSJ existen otros procedimientos en juzgados unipersonales porque las denuncias no se dirigen contra aforados. Por ejemplo, contra dirigentes de la Confederación Hidrográfica del Júcar, la Agencia Estatal de Meteorología y la Conselleria de Justicia e Interior, que aglutinaba todas las competencias de Emergencias.

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