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DECIDIR QUÉ

LORENZO SILVA

Miércoles, 13 de febrero 2019, 00:04

Los líderes independentistas desplazados a Madrid para el inicio del juicio del 1-O nos han facilitado, seguramente sin querer, una pista clave para interpretar el penoso embrollo que ha terminado fracturando Cataluña, debilitando al conjunto de España y sometiendo a un grupo de personas a la acción de la justicia, con privación de libertad para parte de ellos. Ha venido a resumirse en esa pancarta tras la que se han fotografiado en las inmediaciones del Tribunal Supremo, con una leyenda que presenta firme candidatura a incorporarse a la historia universal de las perturbaciones cognitivas: «Decidir no es delito».

Vamos a ver: pues claro que decidir puede ser delito. Hay decisiones que lo son en todo caso, por ejemplo la de separarle violentamente la cabeza del tronco a una persona. Otras que lo son en función del contexto, por ejemplo, la de ir a un cajero a sacar dinero con una tarjeta: despenalizada si la tarjeta es la de uno, pero penada con prisión si la tarjeta es de otro y el código secreto lo hemos obtenido poniéndole una navaja en el gaznate. Es incluso difícil imaginar decisiones que nunca van a implicar delinquir, porque hasta la más inofensiva puede revestir carácter criminal si se toma con el afán de dañar o coaccionar a otro. El olvido por parte del independentismo embriagado por su propia propaganda de la transitividad de ese verbo que repite como un mantra está en la raíz de muchos de sus males y desatinos.

Si hay un grupo de políticos sentados en el banquillo no es por lo que piensan ni por lo que quieren, sino porque la policía -en este caso, la Guardia Civil- ha reunido numerosos indicios de que decidieron lo que la ley prohibía, desencadenando con ello situaciones que pueden encajar en tipos penales. Sólo son indicios, por ahora, y para eso están justamente los juicios, para confirmarlos o no; pero la gravedad de los delitos imputados no les deja a los tribunales otra que indagarlos y examinarlos.

Dicho lo anterior, nadie debería recrearse en el deseo de que a los imputados se les acabe imponiendo la pena más dura posible. Al contrario: en el proceso penal rige la presunción de inocencia y el principio in dubio pro reo, es decir, que si existe duda sobre la aplicación de alguno de los tipos penales en litigio, lo saludable y correcto en buena técnica jurídica es no apreciarlo y hacer una calificación más benigna. Y nadie se olvide de que los imputados -y lo que es más importante, los dos millones de personas que les votan- seguirán siendo españoles y habrá que encontrar un arreglo para seguir caminando juntos; un arreglo para el que nada va a ayudar cualquier clase de ensañamiento.

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