Jornada de puertas abiertas en el Congreso por el Día de la Constitución. EFE

La Constitución celebra su 45º aniversario con sus costuras tensadas por la ley de amnistía

La medida de gracia pactada por el PSOE con Junts y ERC se suma a los debates abiertos sobre la posibilidad de reformar la Carta Magna

Domingo, 3 de diciembre 2023, 00:27

La Constitución española cumple 45 años este miércoles y lo hace en medio de un intenso debate jurídico sobre el encaje en su articulado de la polémica ley de amnistía a los encausados por el 'procès'. Mientras el Gobierno defiende su constitucionalidad, muchas voces en ... la política y la judicatura, como la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), sostienen que «implica un ataque a los pilares del Estado de derecho». Pero no es la única tirantez que pesa sobre la Carta Magna en la legislatura entrante, la posibilidad de organizar un referéndum –como piden Junts o Esquerra–, el sistema de elección del presidente del Ejecutivo o referencias a «disminuídos físicos» en su texto, están en tela de juicio.

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  1. Artículo 14

    Igualdad ante la ley

Uno de los principales argumentos de los detractores de la ley de amnistía se basa en la justificación de que la Constitución establece claramente que «los españoles son iguales ante la ley». Un principio que el expresidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, cree que se está «vulnerando gravemente» con la proposición de la medida de gracia registrada con la firma del PSOEen el Congreso. «Es un desafío al orden constitucional», zanjó el magistrado el jueves pasado.

Respecto a lo que afecta la amnistía al artículo 62, el Rey debería firmar la medida, si se llega a aprobar, al ser un acto reglado y necesario para su promulgación ya que, entre sus atribuciones, se encuentra la de «ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales».

  1. Artículo 92

    Referéndum

En su acuerdo para la investidura, PSOE y Junts dejaron por escrito que los de Carles Puigdemont pedirían un referéndum de autodeterminación «amparado en el artículo 92 de la Constitución». En dicho apartado, la Carta Magna recoge que «las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos». Si finalmente se optara por esta vía, al ser consultivo, su resultado no será vinculante (es decir, de obligado cumplimiento).

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Pero la independencia de Cataluña, de producirse, colisionaría de lleno con el artículo 2 de la Carta Manga, que reconoce «la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles».

  1. Artículo 122

    Renovación del CGPJ

Otro asunto espinoso es el de la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), cuyos vocales llevan cinco años con el mandato caducado por la falta de acuerdo entre PSOE y PP. La Carta Magna establece que el órgano de gobierno de los jueces deberá renovarse cada «cinco años». De sus doce componentes, cuatro lo serán a propuesta del Congreso de los Diputados y otros cuatro del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros. Y en esta aritmética reside el problema, ya que hasta ahora no se ha alcanzado ese quorum.

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Los populares registraron en enero en el Congreso una propuesta para que sean los jueces y magistrados los que elijan a los vocales del CGPJ. Mientras que PSOE y Sumar abogan por rebajar la mayoría necesaria de tres quintos a la absoluta.

  1. Artículo 99

    Elección presidencial

Pedro Sánchez ya se ha mostrado partidario de modificar el artículo 99 de la Constitución, que establece la necesidad de alcanzar al menos una mayoría simple en segunda ronda para conseguir la investidura. Un requisito que provocó la repetición de las elecciones en 2016 y 2019 porque ni Mariano Rajoy primero, ni el propio líder socialista después, reunieron ese apoyo. Los socialistas quieren emular el modelo vasco y asturiano para que el candidato que más apoyos reciba sea investido presidente del Gobierno.

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Aunque todo apunta a que la propuesta seguirá el camino del olvido como tantas otras por la imposibilidad de poner de acuerdo a los dos partidos mayoritarios en cualquier asunto relacionado con los cambios en la Constitución.

  1. Artículo 45

    Discapacidad

La reforma con más posibilidades de abrirse paso afecta al artículo 49. Allí se señala que «los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos...». Un término que el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad considera «anacrónico e hiriente» y que el Gobierno está dispuesto a modificar.

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